
El Gobierno envió al Congreso el Súper RIGI: el plan para atraer industrias que aún no existen en el país
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El Poder Ejecutivo envió al Congreso de la Nación el proyecto de ley del “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias”, conocido como Súper RIGI, una iniciativa que busca atraer inversiones de al menos u$s1.000 millones en sectores tecnológicos considerados inexistentes o incipientes en Argentina.
El objetivo es impulsar el desarrollo de nuevas actividades productivas mediante un esquema de beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios, además de garantías de estabilidad jurídica para el capital extranjero.
El proyecto establece un régimen especial vigente por cinco años (en caso de aprobación legislativa) y apunta a captar inversiones en áreas como inteligencia artificial, semiconductores, biotecnología avanzada e infraestructura digital, entre otras posibles “nuevas industrias”.
Según el texto, solo podrán acceder aquellos proyectos que desarrollen actividades que “no se realicen, produzcan ni presten en el país”, quedando excluidas ampliaciones o reconversiones de industrias ya existentes.
Las inversiones deberán canalizarse a través de Vehículos de Proyecto Único (VPU), con un piso mínimo de u$s1.000 millones por iniciativa, y la obligación de ejecutar al menos el 20% del monto en los primeros dos años.
En materia impositiva, el régimen prevé una reducción del Impuesto a las Ganancias al 15%, amortización acelerada, deducción de quebrantos sin límite temporal y una baja en la carga sobre dividendos hasta el 3,5% a los cuatro años.
También contempla beneficios aduaneros, como la eliminación de derechos de importación y exportación para bienes vinculados a los proyectos, y un esquema progresivo de libre disponibilidad de divisas por exportaciones: 20% el primer año, 40% el segundo y 100% el tercero.
El proyecto otorga además una estabilidad normativa por 30 años en materia tributaria, aduanera, cambiaria y previsional, y habilita la resolución de controversias mediante arbitraje internacional, fuera del sistema judicial local.
Por último, se establece que las provincias y municipios deberán adherir al régimen para que los proyectos puedan aplicarse en sus territorios. Incluso, el texto advierte que normas locales que restrinjan los beneficios podrán ser consideradas “nulas de nulidad absoluta e insanable”, lo que abre un debate sobre su impacto en el esquema federal.


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