
El fallo fue dictado en Río Gallegos tras un proceso que se extendió más de una década desde la denuncia inicial.
A través del decreto 1081/2024, el Ejecutivo modificó la Ley N° 20.429 de tenencia de armas, bajando la edad mínima -que solía ser de 21 años- para estar habilitado a la portación.
PAÍS10/12/2024
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El Gobierno bajó la edad mínima para estar habilitado a portar armas, de 21 a 18 años. Así lo dispuso mediante el decreto 1081/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial, que modifica la Ley N° 20.429.
La Ley de Armas y Explosivos, que regula la adquisición, el uso, la tenencia y la transmisión por cualquier título y transporte del arma, se vio modificada por disposición del Ejecutivo. En concreto, se sustituyó el inciso 1 del artículo 55 de la reglamentación de la norma, pudiendo, así, bajar la edad mínima para la portación de armas,
"Sustitúyese el inciso 1) del artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 395 del 20 de febrero de 1975 y sus modificatorios", se lee en el decreto firmado por el presidente Javier Milei, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el jefe de Gabinete Guillermo Francos.
De esta forma, se establece que la edad mínima habilitada para portar armas, desde ahora, es de 18 años, "a efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir" de esa edad.
Asimismo, la disposición considera que el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, "establece en su artículo 25 que la mayoría de edad se alcanza a los dieciocho (18) años, modificando el régimen anterior en el que la misma se fijaba en los veintiún (21) años".

El fallo fue dictado en Río Gallegos tras un proceso que se extendió más de una década desde la denuncia inicial.

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