La multa por no ir a votar en Tierra del Fuego aumentó su valor

El Juzgado Electoral informó cómo funcionará el Registro de Infractores para aquellos que no asistan y no cumplan con la obligatoriedad de las elecciones.

Tierra del Fuego 10/05/2023 19640 Noticias 19640 Noticias
Elecciones
La multa por no ir a votar en Tierra del Fuego aumentó su valor

Los ciudadanos de Tierra del Fuego, votan este domingo y cada vecino tiene el deber de acercarse, junto a su número de orden y mesa, a votar, en esta oportunidad, se votará a Intendente, Gobernador, Concejales y Legisladores.

Es por eso que el Juzgado Electoral informó cómo funcionará el Registro de Infractores para aquellos que se ausenten y no cumplan con la obligatoriedad de las elecciones 2023.

La multa quedará exceptuada para los mayores de 70 años.

De cuánto es la multa por no votar

Según indica el Juzgado a través del Acta 4 en el Acuerdo Primero, el electorado de entre 18 y 70 años que se ausente podrá ser multado por un valor que pasó de $50 a $2800.

Esto responde, señalan, al «jornal básico» que fija el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Tierra del Fuego sufraga este domingo y cada vecino tiene el deber de acercarse, junto a su número de orden y mesa, a votar, en este caso, a los candidatos de los diferentes partidos políticos.

Es por eso que el Juzgado Electoral informó hoy cómo funcionará el Registro de Infractores para aquellos que se ausenten y no cumplan con la obligatoriedad de las elecciones 2023.

La multa quedará exceptuada para los mayores de 70 años.

Quiénes están exentos de votar:

  • Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor que les impida asistir al acto. Esto deberá ser justificado por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares
  • Jueces o auxiliares de la justicia que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras durante la jornada comicial
  • Personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que impidan su asistencia. En este caso, el representante legal deberá comunicarse con el Ministerio del Interior y Transporte con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación
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