La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el aumento del haber mínimo para los jubilados en enero y el pago de un nuevo bono que se mantiene sin actualización. Lo hizo mediante el Decreto 1133/2024 y la Resolución 1247/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
ANSES: sube la jubilación mínima en enero y se confirmó un nuevo bono
El Gobierno, a través de la ANSES, confirmó el monto del haber mínimo correspondiente al mes de enero y detalló quiénes recibirán el nuevo bono extraordinario que se abonará ese mes, el cual se mantendrá sin modificaciones.
- a. Titulares de prestaciones contributivas previsionales administradas por ANSES según la Ley N° 24.241 y otros regímenes nacionales o transferidos.
- b. Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
- c. Titulares de pensiones no contributivas (vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más) y pensiones graciables a cargo de ANSES.
Monto del bono:
- Titulares con haberes iguales o menores al mínimo previsional: recibirán el monto total del bono ($70.000).
- Titulares con haberes superiores al mínimo previsional: el bono cubrirá hasta alcanzar el monto del haber mínimo más $70.000.
Condiciones:
- Los beneficios deben estar vigentes en el mes de pago.
- Para pensiones con varios copartícipes, se considerará como un único titular.
Carácter del bono:
- Es no remunerativo, no estará sujeto a descuentos ni será computable para otros conceptos.
Cuál es el haber mínimo y máximo para los jubilados en enero 2025
En la resolución, el Gobierno también establece que el haber mínimo garantizado vigente en enero será de $265.907,01. En tanto el haber máximo será de $1.789.302,46. Las bases imponibles mínimas y máximas son de $89.557,43) y 2.910.574,49, respectivamente, a partir de enero.
Al mismo tiempo, la ANSES confirma que la Prestación Básica Universal (PBU) en enero será la suma de $121.640,32. Mientras que, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será la suma de $212.725,61.
Por último, se establece que las remuneraciones de los afiliados que cesen en su actividad a partir del 31 de diciembre, o de aquellos que continúen en actividad y soliciten la prestación a partir del 1 de enero de 2025, serán actualizadas por inflación.
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