OSEF: se promulgó la ley para su sostenibilidad y fortalecimiento

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 1596, que busca sanear la deuda de OSEF, mejorar sus prestaciones y regular los aportes de afiliados y jubilados.

TIERRA DEL FUEGO23/07/202519640 Noticias19640 Noticias
OSEF

El Gobierno de Tierra del Fuego promulgó la Ley de “Sostenibilidad y Fortalecimiento” de la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF), aprobada por unanimidad en la Legislatura. La norma establece medidas de financiamiento, eficiencia en la gestión y control de gastos, y ya comenzó la cuenta regresiva para su reglamentación en un plazo máximo de 60 días.

A catorce días de su aprobación unánime en la Legislatura, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 1596 de “Sostenibilidad y Fortalecimiento de la OSEF”. El decreto N.º 1849/25, firmado por la vicegobernadora Mónica Urquiza, fue publicado en el Boletín Oficial este martes 22 de julio, marcando el inicio del plazo legal para su reglamentación.

La ley tiene como objetivo central fortalecer financieramente a la Obra Social del Estado Fueguino, mejorar la eficiencia del gasto en prestaciones y medicamentos, y limitar los gastos operativos. Para ello, crea mecanismos de recaudación específicos y consolida un esquema de aportes claros para trabajadores activos, jubilados, pensionados y afiliados voluntarios.

Entre los aspectos destacados de la norma:

  • Se mantiene el aporte patronal en 9% para trabajadores activos, mientras que jubilados y pensionados aportarán un 5% que será descontado por la Caja de Previsión Social.
  • Los afiliados obligatorios seguirán aportando un 3% de su remuneración, al igual que jubilados con más de 20 años de aportes. Quienes no alcancen ese requisito deberán completar el 3% adicional hasta alcanzar los 20 años.
  • Se incorpora la figura del afiliado voluntario, con aportes del 1% o 2% dependiendo del nivel salarial, y un 10% en ciertos casos especiales, como familiares que continúen como beneficiarios tras el fallecimiento del afiliado.

La ley también crea un Fondo Específico para el Pago de Deuda, que se estima ronda los 40 mil millones de pesos. Este se financiará con lo recaudado por ingresos brutos a prestadores de salud inscriptos en el nomenclador AREF, cuya base imponible supere los $20 mil millones. Además, se habilita de forma excepcional el uso del superávit de la Dirección Provincial de Puertos de los años 2024 y 2025, estimado en 18 mil millones.

En cuanto al uso de recursos:

  • Se estipula que al menos el 90% de los recursos brutos de la OSEF deberán destinarse a la cobertura de prestaciones médicas, farmacéuticas, odontológicas y ópticas.
  • La planta política de la obra social no podrá superar el 20% del total de cargos.

Además, se crea el Área de Seguimiento de Calidad y Eficiencia de las Prestaciones Asistenciales, con el fin de monitorear y mejorar los servicios brindados. Esta unidad dependerá del Directorio y contará con profesionales de salud especializados en gestión.

Otra de las novedades relevantes es la creación del Fondo Específico para Enfermedades de Alto Requerimiento, destinado a costear tratamientos y medicamentos para patologías de alto costo, como fibrosis quística, hemofilia, trasplantes, esclerosis múltiple, entre otras. Se financiará por un período inicial de 24 meses con el 75% de lo recaudado por el Fondo de Financiamiento del Sistema Previsional.

Con esta ley, el Gobierno busca brindar sustentabilidad a una obra social clave para miles de fueguinos, asegurando transparencia, cobertura de calidad y una estructura financiera sólida. El proceso de reglamentación ya está en marcha y deberá completarse en un plazo de 60 días.

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