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El decreto 35/2025 del Ejecutivo argentino permite el ingreso de productos alimenticios certificados por ciertos países, sin cumplir requisitos adicionales, eliminando trámites y reduciendo costos.
PAÍS20/01/2025
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El Gobierno argentino oficializó a través del Decreto 35/2025 la modificación del Código Alimentario Argentino (CAA), con el objetivo de simplificar los procedimientos de importación y exportación de productos alimenticios. La medida establece que los alimentos y envases certificados por países, listados en un nuevo anexo, quedan eximidos de cumplir ciertos requisitos previos exigidos por la normativa nacional.
De acuerdo con el texto publicado en el Boletín Oficial, y que cuenta con la firma del presidente Javier Milei, se reconoce la certificación de productos emitida por naciones que cumplen con estándares de control alimentario similares o superiores a los de Argentina. En estos casos, los importadores solo deberán presentar una declaración jurada de importación, sin necesidad de inscribirse en los registros nacionales ni cumplir con otros procedimientos administrativos.
En el ámbito de las exportaciones, el decreto establece que los productos alimenticios deberán cumplir únicamente con los requisitos exigidos por el país de destino, sin que la Autoridad Sanitaria Nacional pueda imponer exigencias adicionales. No obstante, los exportadores podrán solicitar los certificados correspondientes cuando la normativa del país receptor lo requiera.
El Decreto 35/2025 introduce además modificaciones al artículo 4° del Anexo II del Decreto 2126/1971, permitiendo que los importadores gestionen su autorización mediante una declaración simplificada en caso de productos provenientes de los países reconocidos. Para aquellos que no cuenten con certificaciones equivalentes, se mantendrán los controles establecidos en el Código Alimentario vigente, incluyendo la verificación analítica de las condiciones higiénico-sanitarias y bromatológicas.
El Gobierno fundamentó estos cambios en la necesidad de reducir la carga burocrática, evitar la duplicación de controles ya realizados en el país de origen y facilitar el comercio exterior. Según el Ejecutivo, la eliminación de trámites innecesarios permitirá agilizar el ingreso de productos y fomentar el desarrollo de la industria alimentaria nacional.
Por otra parte, la normativa mantiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria de los productos que ingresan al país, asegurando que aquellos provenientes de países no contemplados en la lista deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el Código Alimentario Argentino.
Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, estableciendo un marco más flexible para las operaciones comerciales del sector alimenticio en Argentina.

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