
La causa Andis llegará este martes por primera vez en audiencia a la Cámara Federal
El planteo de nulidad se basa en que el caso se abrió por los audios de Spagnuolo, que habrían sido obtenidos de manera ilegal.
La nueva versión del programa "Devoluciones y/o transferencias" busca optimizar los trámites fiscales para los contribuyentes, mejorando la eficiencia administrativa y el control del organismo recaudador, con una implementación obligatoria a partir de su publicación.
PAÍS14/01/2025
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La Agencia de Recaudación y Central Aduanero (ARCA) puso en marcha vía resolución una adaptación obligatoria a un nuevo sistema de gestión tributaria para ciertos trámites impositivos, “con el objetivo de mejorar la eficiencia administrativa y el control por parte del organismo recaudador”.
 
La Resolución General 5634/2025 publicada este martes en el Boletín Oficial, aprueba una nueva versión (Versión 5.0) del programa aplicativo llamado “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS” por parte de la ARCA.
Cabe recordar que este programa es utilizado por los contribuyentes para solicitar la devolución de pagos o ingresos en exceso, o para la transferencia de créditos impositivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a terceros.
De esta manera, el texto oficial, junto con sus modificaciones y complementarias, establece los requisitos, plazos y formalidades para que los contribuyentes soliciten la devolución de pagos o ingresos en exceso. Es la base principal para las devoluciones.
El detalle de la norma de ARCA
Esta resolución regula los requisitos, plazos y condiciones para la transferencia a terceros de saldos a favor de libre disponibilidad del IVA. También creó el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias”.
Este registro permite la reincorporación al registro y la solicitud de devolución de importes percibidos durante un período de exclusión.
Programa Aplicativo “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS”
Este programa es la herramienta que los contribuyentes deben utilizar para realizar las solicitudes de devolución o transferencia, según lo establecido en las resoluciones mencionadas. La resolución que se presenta aprueba la Versión 5.0 de este programa.
El contribuyente puede consultar detalles sobre el uso del sistema en el sitio web oficial del organismo fiscal, lo que permite familiarizarse con las nuevas características del programa.
Según menciona la normativa, se aprueba una nueva versión del aplicativo para que los contribuyentes reflejen correctamente los importes sujetos a devolución en diversas situaciones, incluyendo las contempladas en las resoluciones mencionadas (pagos en exceso, transferencias de IVA y devoluciones por exclusión del registro de beneficios fiscales).
Por último, recuerda que, la nueva versión del aplicativo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y se aplica a las declaraciones juradas (originales o rectificativas) que se presenten a partir de esa fecha.

El planteo de nulidad se basa en que el caso se abrió por los audios de Spagnuolo, que habrían sido obtenidos de manera ilegal.

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