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La jueza Felicitas Maiztegui Marcó ha declarado inconstitucionales dos ordenanzas del Concejo Deliberante de Ushuaia que prohibían el ofrecimiento, contratación y transporte de pasajeros a través de plataformas digitales. La magistrada sostuvo que dichas ordenanzas violan derechos fundamentales como el derecho al trabajo, la libre competencia y la libertad del consumidor.
Ushuaia16/08/2024La jueza Felicitas Maiztegui Marcó compartió los argumentos que la llevaron a declarar inconstitucionales las ordenanzas N°5283 y N°6214 del Ejecutivo Municipal de Ushuaia, las cuales prohibían el uso de plataformas digitales para el transporte de pasajeros en Ushuaia.
En primer lugar, la jueza Felicitas Maiztegui Marcó que la decisión "se trató de al menos 30 personas que realizaron un pedido de apelación sobre la sentencia de la jueza de faltas", explicó.
En este sentido, señaló que dichas apelaciones fueron en respuesta a las multas impuestas por el incumplimiento de la ordenanza 5283, que restringe la actividad de transporte de pasajeros mediante aplicaciones no habilitadas por el Ejecutivo Municipal.
Por lo cual, la jueza Maiztegui Marcó, como órgano de revisión, señaló que “todas las faltas municipales pueden ser apeladas para que la justicia revise lo que hace la administración en este caso el municipio”.
En el proceso de apelación, se planteó la inconstitucionalidad de las ordenanzas mencionadas, lo que llevó a la jueza a estudiar y analizar en profundidad los fundamentos de dichas normativas en relación con la Constitución Nacional, tratados internacionales y la Constitución Provincial.
Entonces, la magistrada sostuvo que las ordenanzas en cuestión violan varios derechos constitucionales, afirmando que “no se puede estar prohibiendo el derecho al trabajo, a ejercer una industria lícita, a la libre competencia y sobre todo el derecho al consumidor, al ciudadano a poder elegir qué transporte utiliza”.
Por último, la jueza instó al diálogo entre el Ejecutivo Municipal y los concejales para encontrar una solución que no vulnere los derechos fundamentales de los ciudadanos “el no por el no, violentando o ignorando derechos constitucionales, es lo que yo decidí que es violatorio a varios derechos constitucionales”, concluyó.
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