
FM La Isla cumple hoy 30 años al aire, consolidada como una emisora clave en la agenda local. Su creador, Guillermo Lacaze, simboliza la perseverancia en un medio que ha sabido adaptarse a los tiempos.
El hombre estaba acusado de haber agredido a una mujer a la que frecuentaba, y provocar daños en el celular de la víctima. En virtud de que ya tenía 2 condenas en suspenso por robo, el juez Correccional decidió unificar la pena en 4 años y 7 meses de prisión efectiva.
RÍO GRANDE13/06/2024El juez del Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, Dr. Pedro Fernández, condenó mediante el instituto de Omisión de Debate, a un hombre a cumplir la pena de 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, por hallarlo responsable del delito de lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género en concurso real con daños.
Estaba acusado de haber agredido a una mujer a la que frecuentaba, y provocar daños en el celular de la víctima.
El suceso ocurrió en febrero de este año, cuando el hombre, en estado de ebriedad agredió a la mujer en la vía pública y luego lo hizo en el interior de un domicilio particular. Los hechos fueron advertidos por una vecina, quien dio aviso a las autoridades policiales.
En virtud de que ya tenía 2 condenas en suspenso por robo, el juez Correccional decidió unificar la pena en 4 años y 7 meses de prisión efectiva.
El Ministerio Público Fiscal fue representado por el Dr. Ariel Pinno, mientras que la defensa del acusado la llevó a cabo el Defensor Oficial del DJN, Dr. Eduardo Tepedino.
La Omisión de Debate tiene como objeto dinamizar los tiempos en la resolución de las causas y resulta viable cuando el Fiscal estima que no corresponde una pena superior a 3 años. Ello implica el dictado de una sentencia con las pruebas incorporadas al expediente, sin realización de un juicio oral y público. No obstante, para su implementación es necesaria la aceptación de las partes.
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