Valter Tavarone: "Cristina López no puede ejercer dos cargos al mismo tiempo"

El concejal electo de Somos Fueguinos Valter Tavarone cuestionó severamente que el presidente del Concejo Deliberante de Ushuaia, Juan Carlos Pino, haya impulsado la reforma del Reglamento Interno del Cuerpo deliberativo para permitir que su esposa, Cristina López, pueda asumir como senadora nacional y concejal de la ciudad al mismo tiempo, a través de mecanismos de licencias especiales.

Ushuaia10/11/202319640 Noticias19640 Noticias
Tavarone Lopez
Walter Tavarone: "Cristina López no puede ejercer dos cargos al mismo tiempo"

El concejal electo de Somos Fueguinos, Valter Tavarone, junto a su par electo Ricardo Garramuño y el concejal en ejercicio Javier Branca, ha presentado una acción en la justicia para impugnar la modificación del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Ushuaia. 

En diálogo con FM La Isla, Tavarone también criticó la posibilidad de que concejal electa Cristina López, esposa del presidente del Concejo Deliberante de Ushuaia y legislador electo, asuma como senadora nacional y luego vuelva a ocupar su puesto de concejal.

“La razón es que para modificar el reglamento -el reglamento que rigió hasta la fecha en que se celebró la sustitución íntegra del texto del reglamento-, exigía una mayoría de dos tercios. Y cuando se llegó a la votación en el ámbito del Concejo Deliberante, se produjo un empate y desempató el presidente. O sea, que se utilizó una mayoría simple”, introdujo el edil electo. 

Agregó que “el proyecto ingresó aproximadamente a las 18:15 con 143 artículos y se trató, además, sobre tablas. El reglamento anterior tenía 145 artículos, así que estamos hablando de un reglamento nuevo. Y el problema técnico que se genera con el reglamento está dado por el hecho de que cuando se modificó la Carta Orgánica de Ushuaia, en el artículo 136 establecía en su redacción original que las mayorías del Concejo -de la voluntad del Concejo Deliberante- se formaba por la mayoría absoluta de sus miembros, esto quiere decir mayoría simple, o mitad más uno o mitad de los presentes, una mayoría un poquito menos agravada. Depende de lo que la norma establezca. A veces puede ser la mitad de los miembros, mitad más uno de los miembros del cuerpo, o a veces la mitad más uno de los miembros presentes en sesión o en comisión, depende de lo que se esté votando”.

Detalló que “en la redacción original, además, agregaba ese artículo que esas mayorías -las excepciones- era la mayoría que contenía la Carta Orgánica o las mayorías agravadas que podía contener el reglamento interno de la Cuerpo. Ese parrafito fue sustituido, pero no se modificó el reglamento anterior o el reglamento con que venía trabajando el Concejo hasta el día de la sesión de la semana pasada. En función de eso, se aplicó una mayoría simple cuando el reglamento que rigió hasta ese momento establecía que para poder modificar el reglamento se requerían dos tercios de los miembros del cuerpo, no de los presentes”. 

Observó que “nadie discute que es potestad del Concejo Deliberante modificar su propio reglamento, pero por lo menos habría que tener la delicadeza de respetar lo que establecía el reglamento que regía hasta ese momento y eso no pasó. Otra cuestión que se dio en el debate de ese tema, es que el reglamento anterior y el nuevo también establece que cuando se incorpora un proyecto con varios artículos, primero hay que tratarlo en general y después en particular. Y eso también fue obviado. Es decir, encontramos graves vicios en el procedimiento de la formación de la voluntad del Cuerpo y eso es lo que se impugna judicialmente mediante una medida cautelar autosatisfactiva”.

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