
Causa Vialidad: la Justicia le denegó el beneficio de la prisión domiciliaria a José López
José López fue condenado a 6 años de prisión en la denominada causa vialidad. Para sustentar su pedido había argumentado que padecía problemas de salud.
La institución lo comunicó a través del Boletín Oficial. Además, inhabilitó un antiséptico y un producto dietario.
PAÍS25/10/2023La ANMAT emitió una prohibición, que se dio a conocer a través del Boletín Oficial, la cual restringe la elaboración, fraccionamiento y venta de dos aceites de oliva en todo el territorio nacional. Uno de los productos afectados pertenece a la marca San Marcos Cuyanos de Mendoza, mientras que el otro es producido por la empresa Maders Hermanos en La Rioja.
La institución que depende del Ministerio de Salud justificó para ambos casos que “carecen de registros de establecimiento y producto”, además de “estar falsamente rotulados”, por lo que se trata de “productos ilegales”.
A través de la disposición 8698/2023, publicada en el Boletín Oficial en las primeras horas del viernes, la Anmat informó que la medida supone prohibir “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: “Aceite de oliva extra virgen, marca San Marcos Cuyanos, RNE: 020-52375, RNPA: 03176054, Procedencia Mendoza, Envasado por San Marcos Cuyanos S.A.”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Por su parte, en el caso del producto producido en La Rioja se prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de Oliva Virgen Extra - Prensado en frío, marca Lietuva - Elaborado y envasado por MADERS HERMANOS - Zona de producción: Ruta 60 km 1332, Villa Mazan, La Rioja, RNE 03000115, RNPA 030003335-3″, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al indicar números de RNE y RNPA inexistentes.
El mes anterior, otro aceite de oliva de la marca Monte del Rey fue vetado después de una serie de inspecciones, debido a que, al igual que en estos dos casos, carecía de la debida autorización tanto para su establecimiento como para el producto en sí.
José López fue condenado a 6 años de prisión en la denominada causa vialidad. Para sustentar su pedido había argumentado que padecía problemas de salud.
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