
Casación rechazó últimos planteos de Cristina Kirchner para evitar la ejecución de bienes por Vialidad
Los jueces confirmaron que corresponde al Tribunal Oral Federal 2 llevar adelante el decomiso fijado en la sentencia.
Aquellos ciudadanos que no fueron a emitir su voto el domingo podrán declarar los motivos siguiendo unos simples pasos.
PAÍS14/09/2021
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La Cámara Nacional Electoral habilitó hoy el registro de infractores para aquellas personas que no votaron en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del domingo pasado.

Dentro de los 60 días de la elección se debe presentar un certificado que justifique su ausencia ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda para que no se te cobre la multa.
La ley expresa que solo los menores de 18 años y los mayores de 70 años están exceptuados de votar y por este motivo no es necesario presentar un certificado que indique su ausencia en las urnas.
Quienes no cumplan las emisiones antes nombradas, tendrán que pagar una multa de $50 por las PASO; para las elecciones generales del 14 de noviembre será de $100.
A su vez, los infractores no podrán ser designados a desempeñar funciones o empleos públicos por tres años.
También se indicó que por un año no podrán hacer trámites en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires.

Los jueces confirmaron que corresponde al Tribunal Oral Federal 2 llevar adelante el decomiso fijado en la sentencia.

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