El Gobierno reglamentó la acuicultura y ratificó la prohibición del salmón en el Canal Beagle

La provincia reglamentó la ley de acuicultura y ratificó la prohibición del cultivo de salmones en el Canal Beagle, con un fuerte enfoque en el control ambiental.
TIERRA DEL FUEGO21/04/202619640 Noticias19640 Noticias

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Salmonera

El Gobierno de Tierra del Fuego oficializó la reglamentación de la Ley Provincial N° 1601 mediante el Decreto 587/26, estableciendo un marco integral para el desarrollo de la actividad acuícola. La normativa reafirma la prohibición del cultivo de salmones en el Canal Beagle y define criterios ambientales, técnicos y productivos para el sector.

El decreto, firmado por el Poder Ejecutivo provincial, fija las bases para el desarrollo de la acuicultura bajo un enfoque de “sostenibilidad” y control estatal, incorporando herramientas de evaluación ambiental y ordenamiento territorial.

Uno de los puntos centrales es la ratificación de la prohibición absoluta del cultivo, engorde o reproducción de especies salmonídeas en el Canal Beagle, sin excepciones por escala o tecnología. La medida consolida el posicionamiento ambiental de la provincia frente a una actividad que ha generado debate en los últimos años.

No obstante, la normativa habilita otras producciones hidrobiológicas, como algas, moluscos y crustáceos, siempre que cumplan con evaluaciones previas de impacto y compatibilidad ambiental.

En ese sentido, se implementa la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) como requisito obligatorio para cualquier proyecto acuícola. Este instrumento permitirá analizar de manera integral los impactos ambientales, sociales y productivos, además de definir zonas aptas y criterios de desarrollo.

El esquema productivo contempla tres escalas diferenciadas:

  • Promocional: hasta 100 toneladas por ciclo.
  • Preintegración: hasta 300 toneladas.
  • Comercial: sin límite superior, pero con mayores exigencias.

Todos los emprendimientos deberán presentar un Plan de Manejo Ambiental, mientras que los proyectos de mayor envergadura estarán sujetos a estudios de impacto ambiental más rigurosos.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Producción y Ambiente, a través de la Secretaría de Pesca y Acuicultura, encargada de la evaluación, autorización, control y sanción de las actividades. Además, se prevé la articulación con otros organismos técnicos para fortalecer el monitoreo.

Otro eje relevante es la creación del Centro de Desarrollo Pesquero y Acuícola, orientado a la investigación, innovación y transferencia tecnológica, junto con la asignación de recursos para infraestructura, capacitación y fortalecimiento productivo.

Finalmente, el decreto establece un régimen de fiscalización permanente, con evaluaciones periódicas, revisiones anuales y sanciones ante incumplimientos, consolidando un sistema que busca equilibrar desarrollo productivo y protección ambiental.

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