
El gobierno ignoró las palabras de Claver Carone y acordó con el gigante asiático postergar la cancelación del intercambio financiero.
Los salarios hasta junio no van a ser afectados de manera retroactiva por las modificaciones en el tributo aprobadas recientemente en el Congreso.
País25/07/2024La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó este miércoles que reglamentó las modificaciones en el impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia, determinó que los cambios se apliquen desde los haberes devengados y percibidos desde julio en adelante.
De esta manera, los salarios hasta junio no van a ser afectados de manera retroactiva por las modificaciones en el tributo, establecidas en la reciente aprobación de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, impulsada por el Gobierno de Javier Milei y aprobada por el Congreso Nacional.
La norma fue diagramada para que la modificación del impuesto a las ganancias no afecte a los salarios que ya habían percibido los trabajadores antes de que la ley cambiara, inclusive si lo cobraron después.
Es decir, a los trabajadores que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicarán la norma anterior. En cambio, los haberes que se devenguen desde el 1 de julio en adelante, quedarán sujetos a la nueva Resolución General.
Ganancias: qué pasará con el Aguinaldo de acuerdo a la AFIP
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Cálculo de retenciones
Asimismo, la nueva norma de la AFIP estipula que a partir de julio, el cálculo de retenciones se realizará de la siguiente forma:
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