
Fallo judicial ratifica la legalidad del Decreto de Reforma Constitucional
El fallo judicial que desestimó las denuncias contra el Decreto de Reforma Constitucional confirma su legalidad, según el abogado Raúl Paderne.
El integrante del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Javier Muchnik, destacó la necesidad de reevaluar el sistema judicial actual y buscar soluciones alternativas para lograr una mayor satisfacción de víctimas y sociedad.
Tierra del Fuego09/04/2024El doctor Javier Muchnik, Vocal del Superior Tribunal de Justicia, participó en el congreso sobre prácticas restaurativas en la justicia. Destacó la necesidad de reevaluar el sistema judicial actual y buscar soluciones alternativas para lograr una mayor satisfacción de víctimas y sociedad.
Consultado por FM La Isla sobre el panorama de la justicia a nivel nacional con el cambio de gobierno teniendo en cuenta que ha tomado un rumbo de gestión diametralmente opuesto al anterior, el Ministro del Superior Tribunal de Justicia dijo que “el Estatuto del Poder, que es la Constitución, ni más ni menos, que es eso, es un estatuto donde se diagraman atribuciones y competencias entre los tres poderes de Estado, a veces no prevé todas las situaciones, imagínese, desde el año 1853, y aún con la Reforma del 94 la Constitución Nacional mantiene esa cuestión pétrea en el diagrama de los poderes desde el siglo pasado, con lo cual no es una herramienta sencilla que facilite lo que hoy en día se denomina sano.
“Tiene que haber este diálogo entre los tres poderes gobiernan con distintas miradas y distintos espacios de competencia. Por supuesto que el Ejecutivo tiene la mayor carga en esta diferenciación de roles, la mayor carga en la administración y gestión de los recursos, y en eso el Poder Judicial no se puede meter, y el Poder Legislativo, como el Congreso, tiene una mirada distinta, muy cargada con la connotación política partidaria, y en eso el Poder Judicial tampoco se puede meter, pero en general lo que se intenta hacer es, en primer lugar, dar espacio a que cuestiones que son de corte netamente político, se intenten resolver en esos ámbitos políticos. Que digamos que la decisión judicial, en este caso de la Corte Suprema, sea la última instancia, que los actores políticos intenten llevar a buen puerto el conflicto, sobre todo cuando el conflicto tiene un matiz netamente de política partidaria”, observó Muchnik.
“El problema es que el sistema procesal, por llamarlo de alguna manera, de acceso a la Corte Suprema para que la Corte se expida, tampoco es muy ágil que digamos. Son procesos escritos, más allá de que la Corte ha instaurado e implementado sistemas de audiencias públicas y orales, pero en general se llega allí luego de algún procedimiento escrito que de por sí es largo y tedioso. Y en el mientras tanto pasa esto, se generan distintas opiniones y distintas miradas que van contribuyendo con la formación de las ideas de cada uno de los que vivimos en la sociedad. Pero hay que tener en claro que independientemente de los tiempos la última palabra en materia de si algo es constitucional o no en nuestro país la tiene la Corte Suprema. Entonces, en el mientras tanto podrá haber muchas opiniones y muchas miradas generalmente de académicos o de gente que se dedica a la doctrina, pero no será más que eso, una mirada y una opinión”, acotó.
Agregó en este sentido que “tampoco sería muy sano, por cierto, que un tema que salga al ruedo rápidamente sea tomado por la Corte y la Corte rápidamente lo resuelva, porque la experiencia también indica a veces que cuando las cosas decantan, por supuesto me estoy refiriendo a plazos razonables, cuando las cosas van decantando y se les da el espacio a los actores políticos para que intenten llegar a una solución consensuada, bueno, eso también es bueno porque eso le permite asegurar la permanencia de la decisión, en principio. Si todo fuera dependiente de decisiones de la Corte, la verdad que sería muy frágil el volumen político de lo que se intenta hacer. Y la Corte no está para dirimir conflictos políticos, solamente conflictos de poderes en tanto y en cuanto encierren diferencias de competencias o atribuciones. No más que eso. Lo otro es falta de madurez de las instituciones que se dedican a las cuestiones políticas, falta de diálogo, que ahí otra vez el Estatuto del Poder Constitucional deja poco margen porque si uno está supeditado cada dos años o cada cuatro años a un régimen eleccionario, es muy difícil humanamente hablando generar políticas de Estado de largo alcance”.
“Eso también contribuye con perturbar una mirada estratégica en términos de políticas de Estado que trascienda generaciones. Eso requiere mucha madurez política, mucho liderazgo, mucho estadista y a veces la ausencia de esos valores no contribuye a consolidar políticas de Estado que no sirvan a todo y a las generaciones que vienen, sobre todo”.
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