“No importa la edad”: Patricia Bullrich celebró la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil

La nueva normativa baja de 16 a 14 años la edad de imputabilidad y establece penas de hasta 15 años, además de medidas alternativas y mecanismos de seguimiento.
NACIONAL05/09/202619640 Noticias19640 Noticias
Régimen Penal Juvenil

El nuevo Régimen Penal Juvenil comenzó a regir este sábado en Argentina, reemplazando el esquema vigente desde 1980. Entre sus principales modificaciones, la normativa establece que los adolescentes a partir de los 14 años podrán ser imputados por delitos previstos en el Código Penal.

La entrada en vigencia de la reforma fue celebrada por la senadora y jefa del bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, quien sostuvo que con el nuevo sistema “se terminó la impunidad” y que quienes cometan delitos deberán responder por sus actos.

A través de una publicación en su cuenta de X, Bullrich afirmó: “Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás”, en referencia a la entrada en vigencia del nuevo régimen.

La exministra de Seguridad sostuvo que se terminó la “excusa de la edad para delinquir” y afirmó que quienes roben, maten o lastimen deberán afrontar consecuencias por sus acciones.

En ese sentido, aseguró que durante años los menores de 16 años tuvieron “impunidad” y consideró que la nueva legislación representa un cambio en favor de las víctimas y sus familias.

La reforma establece que los adolescentes mayores de 14 años podrán ser sometidos a un proceso penal cuando cometan delitos contemplados en el Código Penal.

Sin embargo, continuarán bajo un régimen especial, diferente al sistema penal de adultos. Las sanciones deberán contemplar no solamente la responsabilidad por el hecho cometido, sino también objetivos vinculados con la educación, resocialización e integración social.

La normativa también incorpora nuevas herramientas de seguimiento y control para los adolescentes sometidos a procesos judiciales.

Uno de los principales puntos del nuevo régimen es que prohíbe las penas de prisión o reclusión perpetua para adolescentes. El máximo de las penas privativas de la libertad será de 15 años, mientras que también se contempla la posibilidad de acceder a la libertad condicional una vez cumplidos dos tercios de la condena, siempre que se reúnan los requisitos establecidos.

La entrada en vigencia de la norma tampoco significa que todo delito cometido por un menor de 18 años implique automáticamente una pena de prisión.

Para determinados casos, el nuevo sistema contempla sanciones alternativas, especialmente frente a delitos con penas de entre tres y diez años.

Entre las medidas previstas aparecen:

  • Restricciones de acercamiento.
  • Reparación del daño a la víctima.
  • Reglas de conducta.
  • Participación obligatoria en actividades educativas y comunitarias.
  • Amonestaciones formales.
  • Monitoreo electrónico, en los casos en que corresponda.

El objetivo declarado del sistema es combinar la responsabilidad penal con mecanismos que favorezcan la reinserción social de los adolescentes.

Cuando corresponda una medida de privación de la libertad, los adolescentes deberán permanecer en instituciones especialmente acondicionadas, con personal capacitado para trabajar con menores de edad.

La normativa establece además que los adolescentes no podrán compartir espacios de encierro con personas adultas. Entre las alternativas de alojamiento se contemplan institutos abiertos, establecimientos especializados de detención y, en determinados casos, arresto domiciliario.

También se mantiene la prohibición de difundir información que permita identificar a los adolescentes imputados, como nombres, apodos, domicilios, imágenes o datos de filiación y parentesco.

Otro de los cambios incorporados por la reforma está relacionado con el lugar de las víctimas dentro del proceso judicial. El nuevo régimen establece mecanismos para que puedan participar del trámite, recibir información sobre el avance de las causas y conocer las decisiones adoptadas durante el proceso.

Además, contempla la responsabilidad civil de los padres por los daños derivados de hechos ilícitos atribuidos a sus hijos sometidos a un proceso penal.

Uno de los principales interrogantes estará puesto en la capacidad del sistema judicial para absorber el aumento de causas que podría generar la reducción de la edad de imputabilidad.

La aplicación efectiva del nuevo régimen requerirá recursos humanos, infraestructura, instituciones especializadas, supervisores y dispositivos de monitoreo electrónico suficientes para atender el nuevo universo de adolescentes alcanzados por la normativa.

Para la puesta en marcha del sistema, el Congreso estableció una partida de $23.739.155.303,08.

Mientras algunas provincias avanzaron con protocolos y mesas de trabajo, continúan las conversaciones entre organismos judiciales y el Ministerio Público Fiscal para coordinar criterios de aplicación y adecuar los procedimientos a la nueva legislación.

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