La Justicia habilitó el voto de un condenado y desató una ola de presentaciones en la cárcel

Un fallo de la Justicia Electoral declaró inconstitucional la exclusión automática del padrón para un interno con condena firme. La resolución ya motivó que cerca de veinte reclusos presenten acciones para poder votar en las próximas elecciones provinciales.
JUDICIALES08/07/202619640 Noticias19640 Noticias
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La Justicia Electoral de Tierra del Fuego dictó un fallo considerado inédito al reconocer el derecho al voto de un interno con condena firme, tras declarar inconstitucional la norma que lo excluía automáticamente del padrón electoral provincial. Aunque la sentencia tiene efectos únicamente sobre el caso particular, el precedente ya provocó una rápida reacción dentro de la Unidad de Detención N.º 1, donde otros reclusos iniciaron reclamos similares para participar de los próximos comicios.

El escenario judicial de Tierra del Fuego registró un cambio de relevancia luego de la resolución emitida el 30 de junio por la Justicia Electoral provincial, que cuestionó la constitucionalidad de la exclusión automática del derecho al sufragio para personas privadas de la libertad con sentencia firme.

La decisión fue adoptada en el marco de la causa "López, Walter Héctor Daniel s/ Acción de Amparo Colectivo" (Expediente N.º 2101/2026), promovida por Walter Héctor Daniel López, interno alojado en la Unidad de Detención N.º 1. En su resolución, la magistrada interviniente reconoció el derecho al sufragio activo del amparista y ordenó su incorporación inmediata al padrón electoral provincial.

No se trata del primer antecedente favorable para López. En 2023, el Juzgado Federal de Ushuaia, a cargo del juez Federico H. Calvete, ya había declarado la inconstitucionalidad de la misma restricción en el ámbito nacional, permitiéndole votar en las elecciones generales. Con este nuevo pronunciamiento, el criterio se extendió al plano de las elecciones provinciales.

Si bien la jueza aclaró que la sentencia solo produce efectos sobre el caso concreto, los fundamentos del fallo establecen que impedir el voto de manera automática, sin analizar la situación individual de cada condenado, resulta contrario a los derechos fundamentales. Esa interpretación jurídica abrió la posibilidad de que otros internos presenten acciones similares.

La repercusión fue inmediata dentro del establecimiento penitenciario. Alrededor de veinte internos comenzaron a presentar durante el último fin de semana sus propios amparos individuales, invocando el precedente fijado por López y solicitando su incorporación al padrón antes de las próximas elecciones provinciales.

Ahora, la atención se concentra en el Tribunal Electoral Provincial y el Registro Provincial de Electores, organismos que deberán definir el procedimiento para resolver los nuevos planteos. La resolución judicial no estableció un plazo específico para la actualización de los padrones, por lo que la rapidez administrativa será determinante para establecer si quienes iniciaron los reclamos podrán ejercer efectivamente su derecho al voto en los próximos comicios.

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