Obras sociales y prepagas bajo la lupa: los cambios que todo afiliado debe conocer
Los principales cambios que rigen en el sistema de salud: nuevas normativas para prepagas, obras sociales y publicidad de medicamentos.
Días atrás, el Gobierno nacional publicó recientemente dos resoluciones que modifican el marco normativo vigente para las empresas de medicina prepaga, las obras sociales y la publicidad de medicamentos de venta libre. Estas medidas buscan agilizar la resolución de reclamos de los beneficiarios y actualizar criterios de promoción de productos de salud en el país.
Por un lado, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) aprobó un nuevo Procedimiento General de Denuncias, Faltas Formales y Sanciones. Este procedimiento establece plazos más cortos para que las entidades respondan a los reclamos de afiliados y fija un régimen de sanciones más estricto. La normativa también contempla la implementación de un ranking público de cumplimiento de las prepagas y obras sociales.
En paralelo, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) modificó la normativa sobre publicidad de medicamentos de venta libre. La disposición flexibiliza ciertos criterios, adecuando la regulación al entorno digital y definiendo requisitos más claros sobre la información que puede difundirse al público.
Estas medidas se enmarcan en un contexto de actualización regulatoria para el sistema de salud, con el objetivo de reforzar la transparencia, la eficiencia y la protección de los beneficiarios de los servicios de salud.
Plazos más cortos para responder reclamos en prepagas y obras sociales
La Resolución 951/2025, publicada en el Boletín Oficial, establece que los Agentes del Seguro de Salud y las empresas de medicina prepaga deben responder los requerimientos formales notificados por la Superintendencia en un máximo de cinco días corridos. Además, fija un plazo de 30 días hábiles para resolver las denuncias desde la notificación fehaciente.
En situaciones de urgencia o riesgo de vida, el organismo podrá acortar estos plazos, de acuerdo con criterios médicos debidamente fundamentados. Asimismo, la normativa presume incumplimiento en caso de ausencia de respuesta o de documentación que acredite el cumplimiento de obligaciones, trasladando la carga de la prueba a la entidad.
El nuevo procedimiento busca reducir las asimetrías en el proceso de resolución de reclamos y garantizar que los beneficiarios cuenten con mecanismos efectivos de tutela frente a posibles incumplimientos de las prepagas y obras sociales. De esta manera, la normativa apunta a establecer un marco de actuación más uniforme y controlable por parte de la SSS.
Además, la resolución prevé que los trámites iniciados antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa continúen bajo el régimen anterior, salvo que puedan adaptarse al nuevo procedimiento sin afectar derechos adquiridos y con acuerdo de las áreas intervinientes.
Ranking de cumplimiento: transparencia en el sistema de salud
El artículo 7 de la resolución establece la creación de un Ranking de Cumplimiento, un registro público que evaluará y difundirá el desempeño de las entidades fiscalizadas. La información será administrada por la Gerencia de Sistemas de Información de la SSS y permitirá a los usuarios conocer el historial de cumplimiento de cada entidad.
Con la implementación del ranking, la SSS espera mejorar la calidad del servicio y garantizar que los afiliados reciban respuestas más rápidas y efectivas frente a denuncias o reclamos sobre prestaciones médicas.
Asimismo, la normativa prevé sanciones progresivas para las entidades que incumplan con sus obligaciones, incluyendo multas, requerimientos de cumplimiento y posibles restricciones operativas, dependiendo de la gravedad y reincidencia de la falta.
Cambios en la publicidad de medicamentos de venta libre
La Disposición 4059/2025 de ANMAT establece un nuevo marco regulatorio para la promoción de medicamentos de venta libre, alimentos, suplementos dietarios, cosméticos y productos de diagnóstico para autoevaluación. La normativa define criterios sobre la claridad, veracidad y accesibilidad de la información difundida, prohibiendo afirmaciones sin respaldo científico y mensajes engañosos.
La actualización busca adaptar la regulación al entorno digital, estableciendo que los mensajes publicitarios sean comprensibles y perceptibles por el público. Además, se mantienen restricciones sobre la promoción de productos no autorizados y la difusión de información que pueda inducir a error sobre los beneficios o riesgos de los productos.
Los cambios incluyen un nomenclador de sanciones que contempla multas graduadas según la gravedad de la infracción y la reincidencia, calculadas en base al haber mínimo jubilatorio. Las penalidades podrían superar los 30 millones de pesos en casos de incumplimientos significativos.
Previamente, los agentes de salud podían optar por pagos voluntarios menores, sin resolver el fondo de las denuncias. La nueva normativa elimina esta posibilidad y habilita sanciones concurrentes o complementarias para casos de múltiples infracciones, garantizando un mayor control sobre el cumplimiento de la regulación.
Impacto esperado de las nuevas regulaciones
La combinación de plazos más cortos para la resolución de reclamos, la creación de un ranking público de cumplimiento y la actualización de la normativa sobre publicidad de medicamentos apunta a reforzar la supervisión del sistema de salud y a garantizar mecanismos de control más eficientes.
Te puede interesar
Patricia Bullrich denunció “una operación de espionaje ilegal” y apuntó contra el kirchnerismo
La ministra de Seguridad calificó la maniobra como “un ataque frontal a la democracia”.
Organizaciones de derechos humanos acompañarán este miércoles la marcha de los jubilados
La semana pasada, el sector culminó la protesta en la Plaza de Mayo.
Para contener al dólar, el Gobierno anunció que desde hoy participará en el mercado de cambios
En medio de la volatilidad del tipo de cambio, el Gobierno anunció que intervendrá en el mercado a través del Tesoro, ya que el Banco Central (BCRA) no lo puede hacer por el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).