
Emiliano Fossato: “No encontramos una objeción material concreta para que no pueda proceder la convocatoria”
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En diálogo con FM Radio del Pueblo, el secretario Legal y Técnico del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Emiliano Fossato, se refirió a la apelación presentada por el Ejecutivo contra el fallo del Juzgado Electoral que declaró la nulidad del decreto de convocatoria a elecciones de convencionales constituyentes previstas para el 9 de agosto. Además, defendió la constitucionalidad del proceso, cuestionó la interpretación judicial sobre la intervención de la Corte Suprema y sostuvo que la Provincia continúa dentro de los plazos previstos en el cronograma electoral.
En primer término, Fossato aclaró que el viernes pasado la Provincia formalizó la apelación contra la sentencia emitida por el Juzgado Electoral: “Estamos tratando de que la causa sea elevada a la Cámara para que pueda considerar los agravios que expusimos y se revierta esa nulidad del decreto que convocaba la elección de los convencionales constituyentes para el 9 de agosto”, afirmó.
Asimismo, explicó que el Superior Tribunal de Justicia no puede intervenir nuevamente en esta instancia debido a que ya tuvo participación previa en el tratamiento de la ley que declaró la necesidad de la reforma constitucional: “Este proceso es un proceso electoral en el ámbito y la jurisdicción del juzgado electoral”, sostuvo.
En ese sentido, recordó que la Ley Provincial 1529 fue declarada constitucional por el Superior Tribunal de Justicia y que posteriormente el Ejecutivo emitió el Decreto 751/26 convocando a elecciones: “El decreto provincial 751/26 es un acto jurídico válido”, aseguró. Además, indicó que dicho acto administrativo cumple con todos los requisitos legales vinculados a motivación, causa y objeto.
Por otra parte, Fossato cuestionó la interpretación realizada por la jueza electoral respecto de la situación judicial del proceso: “Entendemos que hubo un exceso jurisdiccional por parte de la sentencia”, manifestó. Según explicó, la magistrada reinterpretó los alcances del fallo previo del Superior Tribunal, pese a que las sentencias de ese órgano poseen carácter obligatorio para los tribunales provinciales.
Además, remarcó que la presentación de una queja ante la Corte Suprema no implica la suspensión automática del proceso electoral: “La queja no tiene un efecto suspensivo sobre el proceso que agotó en la jurisdicción local con la sentencia del Superior Tribunal de Justicia”, señaló. En esa línea, insistió en que la ejecutoriedad del decreto continúa vigente.
“La condición de la queja no incide sobre la ejecutoriedad del proceso electoral que ya estaba iniciado con la emisión de ese decreto”, enfatizó. A su vez, advirtió que aceptar lo contrario implicaría dejar sin efecto práctico cualquier sentencia local ante la sola presentación de recursos extraordinarios.
Más adelante, Fossato sostuvo que el Gobierno provincial no encuentra fundamentos materiales suficientes para impedir el avance del cronograma electora: “No encontramos una objeción material concreta para que no pueda proceder la convocatoria a las elecciones para el 9 de agosto”, afirmó.
En relación a los tiempos judiciales, explicó que la jueza ya dispuso correr traslado a los partidos políticos por un plazo de cinco días para que puedan intervenir en la causa. Según indicó, una vez vencido ese plazo, el Ejecutivo insistirá para que el expediente sea elevado rápidamente a la Cámara.
En ese marco, remarcó que la Provincia solicitó que la apelación tenga tratamiento urgente debido a los plazos electorales vigentes: “Se le imprimió a la apelación el carácter de pronto despacho justamente por el cronograma que establece una fecha de elección”, explicó. Además, sostuvo que la dilación judicial podría afectar las etapas preelectorales previstas.
Posteriormente, Fossato defendió la actuación del Ejecutivo provincial y aseguró que la apelación responde al ejercicio legítimo del derecho de defensa: “La provincia ha efectuado su derecho de defensa ante esta situación, de una sentencia que declaró nulo un decreto que reunía todos los aspectos necesarios para que pueda ser efectivo y tenga ejecutoriedad”, expresó.
Finalmente, el funcionario aseguró que el Gobierno considera viable mantener la fecha prevista para las elecciones constituyentes: “Estamos dentro de los plazos para poder llegar al 9 de agosto”, sostuvo. No obstante, reconoció que si la resolución judicial se extiende en el tiempo, podría analizarse una reorganización del cronograma electoral.
Para cerrar, Fossato reiteró la expectativa oficial respecto de una pronta resolución judicial: “Esperamos que pueda tener una resolución en corto tiempo esta apelación presentada”, concluyó.


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