Cambia la VTV: Ahora la revisión técnica podrá realizarse en talleres mecánicos habilitados

El Gobierno nacional oficializó una profunda reforma del sistema de Revisión Técnica Obligatoria. La medida habilita a talleres particulares a realizar las inspecciones vehiculares y modifica los plazos de control para distintos tipos de vehículos.
NACIONAL03/06/202619640 Noticias19640 Noticias

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RTO

El Gobierno nacional dio un nuevo paso en la modernización del sistema de control vehicular al oficializar cambios en el régimen de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y crear el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, una medida que permitirá ampliar los lugares habilitados para realizar las verificaciones.

La iniciativa fue impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado junto con la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y quedó establecida mediante la Resolución 32/2026, publicada en el Boletín Oficial.

Según se informó, la reforma busca simplificar los procesos administrativos, ampliar la oferta de servicios para los usuarios, garantizar las condiciones técnicas indispensables y mantener los estándares de seguridad vial dentro de un esquema más flexible y eficiente.

Uno de los cambios más importantes establece que las verificaciones de vehículos particulares, comerciales, de pasajeros, de carga, antiguos y especiales podrán realizarse en cualquiera de los establecimientos inscriptos en el nuevo registro nacional.

De esta manera, los usuarios podrán efectuar la revisión técnica en su taller de confianza, siempre que el establecimiento cumpla con los requisitos técnicos exigidos y se encuentre debidamente registrado.

Desde el Gobierno señalaron que la medida apunta a eliminar restricciones consideradas innecesarias y fomentar un sistema más competitivo, accesible y ágil para los conductores de todo el país.

Nuevos plazos para la revisión técnica

En cuanto a los vehículos particulares cero kilómetro, la primera inspección deberá realizarse a los cinco años desde su patentamiento.

Para los vehículos de transporte de pasajeros y cargas cero kilómetro, el primer control deberá efectuarse dentro de un plazo máximo de 12 meses.

Respecto de las revisiones periódicas, los vehículos particulares de hasta diez años de antigüedad deberán realizar la inspección cada 24 meses, mientras que aquellos con más de diez años deberán hacerlo anualmente.

En tanto, los vehículos destinados al transporte de pasajeros o cargas continuarán sometiéndose a controles cada 12 meses.

Registro Nacional de Talleres

El nuevo Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Transporte y será público, gratuito y digital, mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Podrán inscribirse talleres, concesionarias e importadores que acrediten capacidad técnica suficiente para efectuar las inspecciones previstas por la normativa vigente.

Asimismo, se mantendrá la exigencia de contar con un Director Técnico responsable y de cumplir con todos los procedimientos de revisión establecidos para garantizar la seguridad de los vehículos que circulan por las rutas y calles argentinas.

Por otra parte, la inscripción de los talleres se realizará mediante una declaración jurada y contará con plazos administrativos determinados. En caso de que no exista una respuesta dentro de los tiempos previstos, podrá aplicarse un mecanismo de habilitación provisoria automática, sujeto a controles posteriores por parte de las autoridades competentes.

Finalmente, la Subsecretaría de Transporte Automotor desarrollará una base informática destinada a centralizar la información de todas las revisiones técnicas realizadas por los talleres habilitados, permitiendo el seguimiento y control de los certificados emitidos en todo el territorio nacional.

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