Reforma constitucional: Martín Luft advirtió sobre límites, contradicciones y artículos fuera de debate

El abogado sostuvo que la Convención Constituyente de Tierra del Fuego solo puede tratar los 70 artículos habilitados por ley. También señaló inconsistencias en la remuneración de los convencionales y en las incompatibilidades para acceder al cargo.

RÍO GRANDE12/08/202519640 Noticias19640 Noticias
Martin Luft

En diálogo con FM La Isla, EL Dr. Martín Luft cuestionó algunas declaraciones públicas que, según dijo, generan confusión sobre el alcance real de la Convención Constituyente.

“He escuchado a algunos decir que se puede discutir la totalidad de los artículos de la Constitución, lo cual claramente no es posible. El artículo 195 dice expresamente que la convención no podrá apartarse de los artículos para cuyos tratamientos fue convocada”, advirtió, recordando que solo pueden tratarse los 70 artículos incluidos en la ley de necesidad de reforma.

También señaló contradicciones con el carácter ad honorem de los convencionales: “El artículo 197 establece que recibirán la misma remuneración que los legisladores. No es facultad del gobernador fijar lo contrario en el decreto de convocatoria”.

Luft remarcó que la reforma no incluye cambios en el Poder Judicial, a pesar de que “había planteos interesantes” sobre limitar mandatos en el Superior Tribunal de Justicia. En cambio, sí están habilitadas modificaciones en organismos de control y en la reelección indefinida de legisladores.

Otro punto de debate, dijo, son las incompatibilidades para ser convencional constituyente, donde existen “contradicciones” entre versiones publicadas de la Constitución. Explicó que, según el artículo 92, los intendentes podrían ser candidatos si piden licencia, y cuestionó prohibiciones que impiden a trabajadores del sector privado acceder al cargo.

Consultado sobre la inclusión de la causa Malvinas, afirmó: “No debería generar problemas normativos, pero hay que ser muy cuidadosos para no contradecir la política de Estado que la Argentina sostiene hace décadas”.

Finalmente, opinó que hay artículos que podrían modificarse sin una reforma constitucional y pidió clarificar interpretaciones antes de que las impugnaciones judicialicen el proceso: “Sería bueno una declaración de certeza del Superior Tribunal de Justicia para evitar que el debate se trabe en cuestiones organizativas que podrían resolverse de antemano”.

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