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El máximo tribunal de Justicia de Tierra del Fuego sorprendió con un fallo que deja sin efecto la condena al conductor implicado en el accidente fatal.
RÍO GRANDE08/08/2025
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El caso conmocionó a la comunidad de Río Grande. Fue el 28 de octubre de 2021 cuando Santiago Liquín, de 18 años, fue atropellado mientras se dirigía con un amigo a la serenata estudiantil. Ambos jóvenes caminaban por la avenida San Martín cuando intentaron cruzar la calle para tirar una botella en un cesto de basura. En ese momento, fueron embestidos por un vehículo que circulaba a más de 65 km/h. Santiago murió producto del impacto y su compañero, Matías Berger, sufrió lesiones graves.
En 2024, Germán Alfredo Sopena, conductor del rodado, fue condenado a tres años de prisión en suspenso y a cinco años de inhabilitación para manejar. La Justicia lo había considerado responsable por “homicidio culposo en concurso ideal con lesiones graves culposas”. Uno de los elementos clave en su contra fue el resultado del test de alcoholemia, que arrojó 0,32 gramos por litro de alcohol en sangre.
Sin embargo, en las últimas horas, el Superior Tribunal de Justicia dio un giro inesperado. A partir de una casación presentada por su defensor, el Dr. Fernando Lapadula, los jueces resolvieron absolver a Sopena. La decisión se tomó por mayoría, con los votos de los magistrados Javier Muchsnik, Gonzalo Sagastume y Ernesto Löffler, y una disidencia de la jueza María del Carmen Battaini.
El argumento central fue la existencia de dudas sobre cómo ocurrió exactamente el hecho. Según el fallo, los peritajes y testimonios no lograron esclarecer con precisión la mecánica del accidente ni cómo fue el cruce de los estudiantes. El sobreviviente aseguró que cruzaban hacia el Hipertehuelche, mientras que Sopena sostuvo que los jóvenes aparecieron de forma repentina desde el cantero central.
Ante esa incertidumbre, los jueces consideraron que no se puede descartar la posibilidad de un “riesgo concurrente”, es decir, que las acciones de las víctimas también hayan influido en el desenlace. “No puede esperarse que el conductor del vehículo esté determinado a prever circunstancias extraordinarias como lo es el cruce por el medio de la avenida, donde las calles se dividen por un cantero alto y cuya clara existencia es impedir el cruce de peatones”, argumentaron.
El fallo vuelve a poner en discusión el rol de la Justicia en casos de siniestros viales y genera fuertes repercusiones entre familiares, amigos y la comunidad educativa, que sigue reclamando justicia por Santiago.

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