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A través del Decreto 344/2025 publicado en el Boletín Oficial, los dos organismos formarán parte de las unidades organizativas del CIPDH.
El gobierno de Javier Milei modificó días atrás la Ley de Tránsito que, entre otras cosas, eliminó la fecha de vencimiento de la licencia de conducir.
País20/03/2025El gobierno de Javier Milei reglamentó este jueves los cambios introducidos días atrás en la Ley de Tránsito por medio del Decreto 196/2025. Así quedó plasmado en las Disposiciones 54/2025; 55/2025 y 56/2025 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) publicadas hoy en el Boletín Oficial. Ya se había eliminado la fecha de vencimiento de la licencia de conducir y ahora se introdujeron nuevos cambios al sistema de emisión; sobre todo, para aquellas del transporte de pasajeros, transporte inter jurisdiccional y de mercancías peligrosas, es decir las licencias de conducir profesionales.
Así, se estableció un período máximo de 60 días para que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscriban a convenios de delegación de facultades para otorgar licencias de conducción de las clases C, D y E. Pasado este plazo, los centros emisores que no se ajusten a la nueva modalidad solo podrán otorgar, renovar y emitir licencias para las clases A, B y G.
Durante este plazo, las condiciones de aptitud psicofísica y de capacitación deberán acreditarse con los certificados que otorguen los prestadores registrados ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), para el otorgamiento de la anterior licencia de conducir vehículos de transporte interjurisdiccional. Así, los prestadores de servicios de formación y examen psicofísico deberán readecuar su inscripción según las nuevas normativas en un plazo máximo de 90 días.
Todos los conductores que ya poseen una licencia de conducir transporte inter jurisdiccional y licencias de conducir clases C, D y E otorgadas bajo la legislación local o provincial podrán canjearla por la nacional en cualquier centro de emisión de la misma. Estos cambios se dan luego de que se elimine lo que antes se conocía como Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI).
El Gobierno estableció además que la licencia de conducir tendrá formato digital y quedará únicamente como opcional la cédula física tradicional. Los conductores podrán solicitar la versión física si la necesitan, por ejemplo, para viajes al exterior.
La licencia de conducir digital incluirá la foto, documento de identidad; apellido, nombre, fecha de nacimiento, domicilio, fotografía y firma del titular; clase de licencia, especificando tipos de vehículos que lo habilita a conducir; observaciones; fechas de otorgamiento y vencimiento e identificación del funcionario y organismo expedidor; Grupo y factor sanguíneo del titular y visualización del código QR que tendrá además 24hs de vigencia desde que se descarga. Incluirá además la certificación digital del QR a prueba de adulteraciones, el mismo estará conformado por una clave de seguridad, la cual hace que el código solo pueda ser leído satisfactoriamente a través de una aplicación validada por la ANSV.
Esta licencia estará disponible en un dispositivo móvil, mediante la aplicación que la ANSV disponga. A su vez, indicaron que la validación de identidad deberá realizarse a través de MiArgentina o el ReNaPer.
La actualización de las licencias actuales deberán hacerse cuando llegue la fecha de vencimiento que tiene impresa la documentación física y digital vigente en este momento. Desde entonces comenzarán a computarse los años para la renovación psicofísica correspondiente a la edad del conductor.
Por otro lado, con respecto a los conductores de vehículos de transporte de mercancías peligrosas, el Gobierno aprobó el programa para el curso de capacitación básico obligatorio correspondiente.
A través del Decreto 344/2025 publicado en el Boletín Oficial, los dos organismos formarán parte de las unidades organizativas del CIPDH.
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