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El gobernador dijo que busca ser “prudente” en sus opiniones para no incentivar que se apliquen “sentencias televisivas”.
El presidente Javier Milei publicó el decreto que oficializa los cambios en el monotributo aprobados en el paquete fiscal. Cómo quedan las escalas.
PAÍS24/07/2024El Gobierno oficializó esta noche los cambios que impactarán en Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, comúnmente conocido como monotributo. Cómo impactará en la facturación.
Mediante el Decreto 661 publicado en el Boletín Oficial, el presidente Javier Milei puso en marcha las modificaciones implementadas mediante la sanción del paquete fiscal, denominado Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que fuera aprobado por el Congreso a fines de junio pasado.
Allí se informa que, tal como fuera aprobado en la ley, la AFIP "efectuará las actualizaciones dispuestas (...) en los meses de enero y julio de cada año considerando, en cada caso, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC.
Cómo quedan las escalas del monotributo
Con la publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno dio a conocer la letra chica de los cambios implementados en el monotributo. De acuerdo a la categoría, los montos de facturación aumentaron entre un 201% y un 301%. En tanto que el monto de los alquileres devengados anuales se incrementó del 211% al 309%.
Las principales claves de los cambios en el monotributo
Además de incrementarse los montos de facturación, también aumentan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. Para el caso de la cuota impositiva aumenta entre el 278% y 510%, la cuota de seguridad social entre el 212% y 343% y la cuota de obra social entre 212% y 214%.
Sumando todos los parámetros, las cuotas a pagar irán de $26.600 (categoría "A") hasta $280.734 (categoría "H"). Actualmente, los montos van de $12.128 a $66.111.
Además, el decreto dispone que cuando de la proyección anual "surja que el sujeto queda excluido del régimen, por haberse superado los límites máximos aplicables, el pequeño contribuyente permanecerá dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), debiendo encuadrarse -hasta la próxima recategorización semestral-, en la Categoría K”.
Por otro lado, indica que si las personas habían renunciado al Régimen pero continúan con su actividad, podrán volver a adherir al RS en cualquier momento -en la medida en que cumplan con ciertas condiciones exigidas- en la categoría que les corresponda, sin los beneficios.
El gobernador dijo que busca ser “prudente” en sus opiniones para no incentivar que se apliquen “sentencias televisivas”.
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