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La decisión contó con el aval del Senado y la oficialización se produjo a través del Decreto 433/2024 en el Boletín Oficial.
Al realizar transacciones con montos muy elevados, pueden surgir dudas. ¿El fisco puede retener o quitarte tu dinero?, acá lo explicamos.
País 27/10/2023 19640 NoticiasDebido a la gran carga impositiva, los argentinos tratan cada vez más de hallar métodos que permitan realizar transacciones sin pasar por la lupa de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Sin embargo, las dudas -o el miedo- de que el Fisco pueda realizar algún tipo de quita o retención en compras, ventas o transferencias por montos elevados nunca dejan de estar presentes.
Cabe destacar que la presencia de AFIP ya no solo se limita a las cuentas bancarias tradicionales, ya que el organismo que lidera Carlos Castagneto ya cuenta con acceso a billeteras virtuales, brokers financieros o brokers de criptomonedas.
La clave en este tipo de operaciones es conocer -de manera previa- si el dinero que voy a transferir o recibir está declarado o no. Si recibís una transferencia de dinero elevada, pero justificada, como la venta de una propiedad, productos o servicios facturados a un cliente o la venta de un auto o moto, no tendrás problemas. Pese a que el banco o billetera virtual puede retener el dinero de forma preventiva, al presentar la documentación que respalde la operación, podrás liberar tus fondos sin inconvenientes.
El problema surge cuando el monto enviado o recibido por transferencia no está "justificado", como la venta informal de un celular costoso, por ejemplo, de 500 mil pesos.
En estos casos, existe el riesgo de que si sos monotributista o responsable inscripto, AFIP sospeche evasión fiscal al no haber facturado ese dinero. Podrían aplicarte sanciones, multas e incluso recategorizarte si excedés los límites establecidos por el régimen de monotributo.
Por otra parte, si no estás registrado, el banco o billetera virtual puede retener o rechazar la transferencia y solicitar una justificación de los fondos. En caso contrario, podrían cerrar tu cuenta y elaborar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Hace unos meses, la AFIP actualizó los montos de dinero mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar sobre los gastos y movimientos de sus clientes en la plataforma Mercado Pago.
En el caso de las transferencias realizadas o recibidas por la plataforma Mercado Pago o cualquier plataforma financiera que alcancen o superen los $400.000 deberán ser reportadas al organismo recaudador (previamente, la cantidad era de $200.000 por operación).
También tienen la responsabilidad de reportar movimientos con los siguientes montos específicos:
Este sistema de supervisión está hecho para garantizar la congruencia entre las ganancias declaradas por los contribuyentes y las transacciones efectivamente realizadas.
La decisión contó con el aval del Senado y la oficialización se produjo a través del Decreto 433/2024 en el Boletín Oficial.
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