
Tarifa de gas: Nación mantiene el descuento del 50% por Zona Fría para Tierra del Fuego
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El Gobierno nacional mantuvo en el 50% la bonificación por Zona Fría para los usuarios residenciales de gas de Tierra del Fuego, aunque modificó la base sobre la que se calcula el descuento, lo que reduce su alcance efectivo en las facturas. La medida quedó formalizada mediante la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía, en el marco de la reforma establecida por la Ley 27.828. Además, la nueva normativa excluye a los hogares patagónicos del adicional del 20% creado para determinados usuarios del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).
Los usuarios residenciales de gas de Tierra del Fuego conservarán la bonificación del 50% por Zona Fría. Sin embargo, la modificación normativa introduce un cambio central: el descuento se aplicará exclusivamente sobre el precio del gas y ya no sobre el conjunto de los componentes de la tarifa.
Esto significa que, aunque el porcentaje nominal se mantiene, el ahorro final en las facturas será menor que si la bonificación alcanzara a todos los conceptos que integran el servicio.
La medida también comprende al resto de la Patagonia, al departamento mendocino de Malargüe y a la región de la Puna.
Otro de los cambios introducidos por la reforma es que el porcentaje de la bonificación dejó de estar fijado expresamente por ley y pasó a depender de las decisiones del Poder Ejecutivo nacional. Por lo tanto, la normativa vigente no garantiza que el descuento del 50% se mantenga sin modificaciones en el futuro.
La Resolución 299/2026 también establece una bonificación adicional del 20% por Zona Fría, destinada a determinados hogares que estén incorporados al régimen de Subsidios Energéticos Focalizados y cumplan las condiciones socioeconómicas previstas.
Este beneficio se aplica sobre los consumos base definidos por el SEF y busca complementar el subsidio general para los usuarios que reúnen los requisitos establecidos.
Sin embargo, los hogares de Tierra del Fuego y del resto de la Patagonia quedan excluidos de este adicional del 20%, debido a que ya están comprendidos en la bonificación geográfica del 50%.
La exclusión alcanza específicamente al nuevo descuento adicional por Zona Fría y no significa que los usuarios fueguinos pierdan la posibilidad de acceder a los subsidios generales.
La normativa mantiene la posibilidad de que los hogares de Tierra del Fuego accedan al régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), siempre que cumplan con los requisitos correspondientes.
De esta manera, los beneficios por razones socioeconómicas continúan siendo compatibles con la bonificación geográfica por Zona Fría.
La diferencia es que los usuarios fueguinos podrán mantener el descuento del 50% establecido para su región y, si cumplen las condiciones, recibir los subsidios generales del SEF, pero no sumar el nuevo adicional del 20% previsto para otras zonas.
Por eso, para conocer el impacto concreto sobre cada factura, será necesario considerar la composición tarifaria, los consumos y los subsidios que correspondan a cada hogar.
La Resolución 299/2026 entró en vigencia el 27 de octubre de 2026, aunque dispone su aplicación a los consumos comprendidos desde el 13 de octubre, fecha en que comenzó a regir la Ley 27.828.
La disposición no establece una fecha de vencimiento para la bonificación del 50%, pero tampoco garantiza que ese porcentaje se mantenga durante un período determinado.
En consecuencia, cualquier modificación futura del beneficio dependerá de nuevas decisiones normativas del Gobierno nacional.
Con el nuevo esquema, los hogares fueguinos deben considerar tres aspectos centrales:
Se mantiene el descuento del 50% por Zona Fría, pero únicamente sobre el precio del gas.
No se aplica el adicional del 20% por Zona Fría creado por la nueva normativa para determinados hogares incorporados al SEF.
Se mantiene la posibilidad de acceder a los subsidios generales del SEF, siempre que se cumplan los requisitos socioeconómicos correspondientes.
En definitiva, Tierra del Fuego conserva la bonificación geográfica del 50%, aunque con una cobertura más limitada sobre la factura. El cambio en la base de cálculo reduce el alcance efectivo del beneficio y deja su porcentaje sujeto a futuras decisiones del Poder Ejecutivo nacional.


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