La AREF habilitará un régimen especial para regularizar deudas tributarias en Tierra del Fuego

El régimen estará vigente del 15 de octubre al 31 de diciembre de 2026 y permitirá financiar deudas en hasta 60 cuotas, con planes de hasta seis cuotas sin interés.
TIERRA DEL FUEGO15/10/202619640 Noticias19640 Noticias
AREF

La Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) pondrá en vigencia un Régimen Especial de Facilidades de Pago destinado a promover la regularización voluntaria de obligaciones fiscales mediante condiciones excepcionales de financiación, complementarias al régimen general de facilidades de pago vigente.

El régimen estará vigente desde el 15 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, período durante el cual los contribuyentes podrán adherir y acceder a las condiciones especiales previstas para la regularización de sus obligaciones tributarias.

La medida tiene por finalidad brindar una herramienta adicional para normalizar la situación fiscal de contribuyentes y responsables, favoreciendo el cumplimiento tributario y contribuyendo al fortalecimiento de los recursos provinciales.

Entre los principales beneficios del régimen se destacan:

  • La posibilidad de financiar deudas tributarias en hasta sesenta (60) cuotas.
  • La implementación de planes de pago de hasta seis (6) cuotas sin interés de financiación.
  • La aplicación de condiciones de financiación especialmente favorables para los planes de mayor plazo.
  • La posibilidad de regularizar obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago que se encuentren caducos a la fecha de entrada en vigencia del régimen especial, otorgando una nueva oportunidad para la normalización de deudas pendientes.
  • La incorporación de obligaciones que se encuentren en instancia administrativa o judicial, conforme las condiciones previstas en la normativa aplicable.
  • La gestión íntegramente digital mediante la Ventanilla de Trámites disponible en el sitio web oficial de AREF, facilitando el acceso al régimen desde cualquier punto de la provincia.

El régimen tendrá carácter excepcional y transitorio, constituyéndose en una herramienta orientada a facilitar la regularización de obligaciones tributarias devengadas y exigibles, promoviendo el cumplimiento voluntario y la reducción de la mora fiscal.

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