Veteranos de Malvinas impulsan un amparo para que la Justicia analice la legalidad del Decreto 509/88

La Asociación Civil Veteranos de Guerra TOAS 1982 impulsa un amparo colectivo para que la Justicia determine si el Decreto Reglamentario 509/88 restringió derechos reconocidos por la Ley 23.109. 
MALVINAS04/08/202619640 Noticias19640 Noticias
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La Asociación Civil Veteranos de Guerra TOAS 1982 – Concertación TOAS presentó un amparo colectivo con el objetivo de que la Justicia analice la constitucionalidad del Decreto Reglamentario 509/88, al considerar que esa norma incorporó restricciones que no estaban previstas en la Ley 23.109, sancionada por el Congreso tras la Guerra de Malvinas.

La organización sostiene que, más de cuatro décadas después del conflicto del Atlántico Sur, aún no existe un pronunciamiento judicial sobre el planteo central: si el Poder Ejecutivo excedió sus facultades reglamentarias al dictar el Decreto 509/88, limitando derechos que, según afirman, habían sido reconocidos por la legislación nacional.

Desde la asociación remarcaron que el objetivo del amparo no es definir quiénes deben ser considerados veteranos de guerra, sino determinar si el decreto reglamentario incorporó restricciones que el Congreso no contempló al aprobar la Ley 23.109, que reconoció como Veteranos de Guerra a quienes participaron en las acciones desarrolladas en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) durante el conflicto de 1982.

El planteo judicial se apoya en el artículo 99, inciso 2, de la Constitución Nacional, que regula la potestad reglamentaria del Poder Ejecutivo, y busca establecer si un decreto puede limitar derechos previamente establecidos por una ley.

Durante la tramitación del expediente, la jueza interviniente solicitó al Estado un informe antes de resolver una medida cautelar. En su respuesta, el Estado sostuvo que una eventual suspensión o declaración de invalidez del decreto podría afectar el interés público y generar consecuencias presupuestarias, debido a posibles futuros pedidos de pensiones.

Sin embargo, desde Concertación TOAS cuestionaron esa postura al considerar que el informe solicitado estaba destinado únicamente al análisis de la medida cautelar y no al tratamiento del fondo de la cuestión. Según la entidad, esos argumentos fueron utilizados para rechazar la acción de amparo sin abrir el proceso ni analizar la constitucionalidad del decreto.

La resolución judicial también tomó como antecedente un fallo correspondiente a un caso individual sobre el reconocimiento de un veterano, situación que la asociación considera distinta al objeto del amparo colectivo, ya que este último apunta exclusivamente a la validez constitucional del Decreto 509/88.

Actualmente, el expediente se encuentra en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aunque el máximo tribunal todavía no analiza el fondo del planteo.

Por el momento, la discusión gira en torno a una cuestión procesal, vinculada al cómputo de los plazos para presentar recursos en el marco del sistema de notificaciones electrónicas. La asociación sostiene que tanto la jueza de primera instancia como la Cámara Federal aplicaron criterios propios del antiguo sistema de notificaciones en papel, en lugar de las reglas vigentes para los expedientes digitales.

Si la Corte considera que el recurso fue presentado en tiempo y forma, el expediente podría avanzar hacia el análisis de fondo. De ocurrir, sería la primera vez en más de 40 años que un tribunal argentino examine la constitucionalidad del Decreto 509/88 y determine si el Poder Ejecutivo excedió los límites de su potestad reglamentaria.

En paralelo, la Asociación Civil Veteranos de Guerra TOAS 1982 – Concertación TOAS convocó a una colecta de firmas que se realizará los días 8 y 9 de agosto, con el objetivo de respaldar el reclamo judicial y visibilizar la situación de los integrantes del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur.

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