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La prohibición de despidos y suspensiones rige desde el 31 de marzo de 2020. La nueva prórroga es por 30 días. Los gremios piden que se extienda a todo el año 2021
País 28/05/2021El Gobierno prorrogó la prohibición de despidos que se había establecido el año pasado para proteger el empleo ante la emergencia ocupacional derivada de la irrupción de la pandemia de coronavirus y su impacto en la actividad económica.
Rige a partir del 31 de mayo y por 30 días, es decir, hasta el 30 de junio próximo, en continuidad de similares extensiones de la medida adoptada el 31 de marzo de 2020. De esta manera, las empresas son penalizadas en caso de efectuar despidos sin justa causa, o por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
La medida llega en pleno confinamiento establecido por el presidente Alberto Fernández ante las preocupantes cifras de la segunda ola del Covid-19, que ayer marcaron el récord de 41.000 contagios.
El Decreto 345/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial "se dicta en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social".
Por la medida, se "prorroga hasta el 30 de junio de 2021, inclusive, la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor".
Por el mismo período también se "prorroga la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo".
El decreto puntualiza que "es imperioso acompañar" las medidas sanitarias que se están adoptado en el marco de la segunda ola de coronavirus "prorrogando la adopción de aquellas que resguardan los puestos de trabajo, como herramientas de política laboral necesarias para la protección de las trabajadoras y los trabajadores, en cumplimiento de las garantías establecidas por la Constitución".
Fuente: Cronista.
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