
La Justicia fijó en 12 años la prescripción para causas de abuso sexual agravado
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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Tierra del Fuego dictó un fallo que establece un precedente respecto del cómputo de la prescripción en causas por abuso sexual agravado. La resolución determina que la acción penal prescribe a los 12 años, conforme a la escala penal prevista en el Código Penal y la normativa vigente.
La decisión del máximo tribunal provincial fija un criterio de interpretación sobre los plazos de prescripción para este tipo de delitos y podría ser considerado en causas similares que tramiten en la Justicia fueguina.
En los fundamentos del fallo, el Superior Tribunal de Justicia sostuvo que el plazo de 12 años surge de la escala penal correspondiente al delito de abuso sexual agravado, de acuerdo con las disposiciones vigentes del Código Penal argentino.
El pronunciamiento vuelve a poner en discusión los plazos de prescripción en los delitos contra la integridad sexual, un tema que ha sido objeto de modificaciones legislativas en los últimos años. Esas reformas buscaron contemplar los tiempos que muchas víctimas necesitan para denunciar, especialmente cuando los hechos ocurrieron durante la infancia.
No obstante, la aplicación de esos criterios continúa dependiendo de las particularidades de cada expediente, ya que la normativa vigente prevé distintos supuestos para el inicio y el cómputo de los plazos de prescripción.
Con esta resolución, el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego deja sentado un criterio que, de mantenerse en futuras decisiones, podría influir en el tratamiento judicial de las causas por abuso sexual agravado que se tramiten en la provincia.


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