Endurecen el régimen de visitas de Cristina Fernández de Kirchner tras un encuentro no autorizado
El Tribunal Oral Federal 2 resolvió limitar las visitas a la expresidenta, quien cumple prisión domiciliaria por la causa Vialidad, luego de que publicara una reunión grupal sin autorización previa. El nuevo esquema fija solo dos visitas semanales de hasta tres personas.
El Tribunal Oral Federal 2 dispuso una reformulación estricta del régimen de visitas de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien actualmente cumple prisión domiciliaria en el marco de la condena dictada por la causa “Vialidad”.
La medida fue adoptada por el juez Jorge Gorini, encargado de ejecutar la sentencia, tras analizar una publicación realizada por la propia exmandataria el pasado 17 de septiembre en su cuenta oficial de X (ex Twitter). En la imagen difundida se la veía reunida con nueve personas, en lo que ella describió como un encuentro con economistas para recibir un extenso documento técnico de más de cuatrocientas páginas.
Si bien Cristina Fernández de Kirchner suele mantener reuniones políticas y académicas —incluso bajo el régimen de restricción actual— lo que generó preocupación en el tribunal fue que el encuentro no contaba con autorización.
Según se informó, las personas que asistieron estaban incluidas en la lista de visitantes elevada días antes por su defensa, pero la autorización otorgada contemplaba ingresos individuales, no así reuniones grupales, lo que constituyó un incumplimiento a las condiciones de la domiciliaria.
Frente a esta situación, el juez Gorini resolvió endurecer el régimen de visitas para evitar nuevas irregularidades. A partir de ahora, la expresidenta solo podrá recibir visitas dos veces por semana, con un máximo de tres personas por ocasión, y por un lapso máximo de dos horas.
La resolución fue notificada a la defensa y al equipo de control del cumplimiento de la condena, y se aplicará de manera inmediata.
Con esta decisión, el Tribunal Oral Federal 2 busca reforzar el cumplimiento estricto de las condiciones establecidas para el régimen de prisión domiciliaria, luego de considerar que la reunión divulgada públicamente vulneró los parámetros previamente autorizados.
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