Cuentas bancarias: ¿Cuánto dinero puedo transferir entre cuentas propias?
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció topes para las transacciones que realizan personas físicas y jurídicas. Cuáles son los montos límites actuales y qué documentación puedo presentar para justificar fondos.
Con el "Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos" y las medidas aplicadas por el Gobierno para incentivar el uso de dinero en efectivo, se modificaron los montos permitidos para transferir entre cuentas propias sin tener la obligación de justificar la operación.
Desde ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) se aclara que solo deberán suministrar información quienes realicen transferencias entre cuentas por montos iguales o superiores a $50.000.000 en el caso de personas físicas, y $30.000.000 para personas jurídicas.
La información exacta sobre la documentación que deben presentar quienes superen ese límite está incluida en el apartado de Servicios de administración e intermediación de cuentas virtuales, billeteras virtuales, inversión y financiamiento. La obligación abarca tanto para ingresos y egresos mensuales como para saldos finales al último día hábil del mes.
Qué sucede en el caso de transferencias en moneda extranjera
Respecto a las transferencias en moneda extranjera, ARCA establece que las operaciones se convertirán a pesos argentinos utilizando la cotización del tipo de cambio comprador conforme la cotización del Banco de la Nación Argentina al cierre del último día hábil del mes correspondiente.
Esto permite unificar los criterios de control y comparación de montos, independientemente de la divisa en la que se hayan realizado los movimientos.
Qué sucede en el caso de transferencias en criptomonedas
En el caso de las operaciones con monedas digitales o criptomonedas, también deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, aplicando el último valor de cotización -tipo comprador- que haya fijado el sujeto obligado al régimen (quien administra el servicio), al último día del mes que se informa.
Esta medida busca incorporar el universo cripto al esquema de control fiscal y financiero vigente.
Qué datos personales pide ARCA a las personas que realicen estas transferencias entre cuentas propias
Las personas físicas o jurídicas deberán contar con la siguiente documentación:
- Tipo y número de cuenta.
- CVU asociado.
- Cantidad de titulares de la cuenta.
- Identificación de las personas involucradas en las transacciones.
Estos límites se actualizan automáticamente cada seis meses tomando en cuenta la variación de los precios, que se relaciona con el Índice de Precios al Consumidor.
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