Rechazan la solicitud de semilibertad a Villalobos por no cumplir con conducta ejemplar

El Superior Tribunal de Justicia rechazó por mayoría el pedido de semilibertad de Lucas Ezequiel Villalobos, condenado por homicidio en grado de tentativa y lesiones graves. La ley exige un comportamiento ejemplar para acceder a este beneficio, algo que Villalobos no cumplió.

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia confirmó la decisión de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de no concederle a Lucas Ezequiel Villalobos los beneficios de semilibertad y salidas transitorias. El interno cumple una condena por homicidio en grado de tentativa y lesiones graves. La decisión fue tomada por mayoría de los jueces, quienes coincidieron en que Villalobos no cumplió con los requisitos establecidos por la Ley Nacional 24.660.

El caso de Lucas Ezequiel Villalobos, quien cumple una condena de siete años y seis meses de prisión por homicidio en grado de tentativa, lesiones graves agravadas por el vínculo y violencia de género, llegó al Superior Tribunal tras una apelación a la resolución de la jueza de Ejecución de Sentencias, quien había otorgado el beneficio de semilibertad. El Tribunal, compuesto por los jueces María del Carmen Battaini, Miriam Cristiano, Ernesto Löffler, Carlos Gonzalo Sagastume y Javier Muchnik, se inclinó por rechazar la solicitud, destacando que Villalobos no cumplió con el requisito de conducta ejemplar durante el año previo a su solicitud.

El voto mayoritario indicó que "no cumple el requisito de un año de conducta ejemplar anterior al pedido de salidas", como establece el artículo 17 de la Ley 24.660. Según la ley, la persona solicitante debe haber demostrado una conducta impecable durante al menos dos tercios de la condena cumplida para acceder a salidas transitorias o semilibertad.

Sin embargo, los jueces que votaron en contra de la mayoría subrayaron los esfuerzos de Villalobos para reintegrarse socialmente, indicando que "ha evidenciado mejoras significativas en el cumplimiento de su pena", participando en actividades laborales y educativas, sin cometer faltas disciplinarias y sometiéndose a un tratamiento psicológico.

Recordemos que, Villalobos fue condenado por los hechos ocurridos el 14 de septiembre de 2019, cuando, tras ingresar al domicilio de su expareja, agredió brutalmente a Matías Sánchez y a Gabriela Felisa Tedesco, dejando a Sánchez gravemente herido. El Tribunal de Juicio lo encontró culpable de homicidio en grado de tentativa, lesiones graves, robo y daños.

El rechazo de la semilibertad se basó en el cumplimiento de los requisitos legales y en el análisis de la conducta del interno. A pesar de la evolución positiva observada por algunos jueces, el Tribunal destacó que el marco legal no permite concesiones si no se cumplen todos los requisitos establecidos.

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