País Por: 19640 Noticias23/12/2023

Qué dice el DNU de Javier Milei sobre las prepagas y las obras sociales

Restablecimiento de la receta electrónica, ingreso de prepagas al sistema de obras sociales, fin de los topes a los precios de las cuotas, y otros cambios.

El decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei y presentado en cadena nacional el miércoles a la noche, establece un nuevo marco regulatorio para las empresas de medicina prepaga y obras sociales, en el que se destaca la liberación de precios en las cuotas.

De acuerdo al DNU 70, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno ya no podrá fijar los aranceles mínimos obligatorios ni regular los modelos de contratos. Además, elimina la obligatoriedad de las prepagas de "transferir en caso de quiebra, cierre o cesación de actividades" a sus afiliados a otros prestadores.

También por el DNU se modifica la ley de Obras Sociales (N° 23.660): determina que ya sean sindicales, estatales, de administración mixta, del personal civil y militar, "funcionarán como entidades de derecho público no estatal, con individualidad jurídica, financiera y administrativa".

DNU de Milei: prepagas y obras sociales

A continuación, las claves de los cambios del DNU para las prestadoras de salud:

  • Las cuotas de las prepagas podrán aumentar el porcentaje que decida cada entidad.
  • La autoridad de aplicación ya no podrá fijar los aranceles mínimos obligatorios, ni regular los modelos de contrato.
  • Las prepagas podrán aplicar precios diferenciales en las cuotas dentro de un mismo plan, según la edad del afiliado, con una variación máxima de tres veces entre el precio de la primera y la última.
  • Las empresas de medicina privada no deberán transferir a los afiliados de una empresa a otra en caso de quiebre.
  • Las prepagas se incorporan al régimen de obras sociales. Los aportes de los usuarios ingresarán de forma directa a la entidad de medicina privada.
  • Establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos;
  • Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos.

De implementarse el DNU, cada afiliado podrá decidir a que empresa van la totalidad de sus aportes, sin pasar por una obra social. Hasta el momento, los usuarios de las prepagas derivaban sus aportes a una obra social sindical, que se quedaba con un porcentaje antes de girar los fondos a la prepaga. Esa intermediación no existirá más.

Por otra parte, se toman medidas en torno a la utilización de medicamentos por su nombre genérico.

"Toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración", detalla el documento al cual tuvo acceso Télam.

Además, establece que se puede prescribir y dispensar medicamentos a través de recetas electrónicas, firmadas a través de plataformas habilitadas para tal fin, como las de teleasistencia.

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