“Tenemos cinco días hábiles para recurrir el fallo”, confirmó Arroyo tras la nulidad del decreto electoral

La secretaria de Coordinación Legal y Técnica del Gobierno de Tierra del Fuego, Dra. Mariángeles Arroyo, confirmó que el Ejecutivo analiza la apelación del fallo que anuló el decreto electoral y remarcó que el plazo legal para recurrir la decisión judicial es de cinco días hábiles.
TIERRA DEL FUEGO28/05/202619640 Noticias19640 Noticias
Mariángeles Arroyo

La secretaria de Coordinación Legal y Técnica del Gobierno provincial, Dra. Mariángeles Arroyo, se refirió al fallo de la jueza Mariel Zanini que declaró la nulidad del decreto de convocatoria a elecciones, en el marco del proceso vinculado a la reforma constitucional.

En declaraciones por FM La Isla, la funcionaria explicó que el Ejecutivo se encuentra evaluando la decisión judicial y definiendo los próximos pasos legales. “Estamos analizando el fallo y evaluando qué estrategia seguimos”, señaló.

En ese contexto, confirmó uno de los puntos centrales del proceso judicial: los tiempos para actuar. “Son cinco días hábiles para recurrirlo”, afirmó, dejando en claro que el Gobierno ya trabaja dentro de ese plazo legal.

Arroyo sostuvo además que el Ejecutivo no comparte el criterio de la resolución judicial y que se analiza su impugnación. “Estamos evaluando cómo seguimos, qué estrategia vamos a tomar”, expresó.

Consultada sobre la interpretación del fallo, la funcionaria marcó diferencias entre el análisis jurídico y el contexto del proceso. “Si ponemos atención a los tiempos, en su espíritu es político”, indicó al referirse a la resolución de la jueza Zanini.

Asimismo, explicó la postura del Gobierno respecto a los plazos administrativos involucrados en la causa, al sostener que la interpretación oficial difiere de la sostenida en el fallo. “Nosotros entendemos que el fallo quedó firme al momento de la denegación del REF”, agregó.

El caso ahora ingresa en una etapa clave, marcada por la definición de la estrategia judicial del Ejecutivo provincial dentro del plazo establecido para la apelación.

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