
El Gobierno reglamentó el esquema que reduce aportes patronales para nuevas contrataciones
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El Gobierno nacional reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), incluido en la reforma laboral, mediante el decreto 315/2026 publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni, y los ministros Sandra Pettovello y Luis Caputo.
La medida establece una reducción de las contribuciones patronales por un período de cuatro años para las nuevas contrataciones registradas bajo el esquema, con el objetivo de incentivar la formalización del empleo en el sector privado.
Según lo dispuesto, el régimen busca promover la incorporación de trabajadores que no hayan tenido empleo registrado previo reciente o que provengan de situaciones específicas, como el monotributo o empleo en el sector público.
Las contribuciones patronales, que actualmente rondan el 18%, pasarán a un esquema reducido que establece un total del 8%, compuesto por un 5% de aportes generales y un 3% destinado a un fondo de indemnizaciones (FAL) una vez reglamentado.
El decreto indica que podrán acceder al beneficio los empleadores inscriptos a partir del 10 de diciembre de 2025, con un límite de aplicación de hasta el 80% de la nómina de trabajadores.
También se detalla que los nuevos empleados alcanzados deberán cumplir condiciones específicas, como no haber tenido empleo registrado en el sector privado en los últimos seis meses o haber estado previamente bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
El período de incorporación al régimen será entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de junio de 2027, con una duración de beneficios de hasta 48 meses desde el alta laboral.
Además, el esquema establece la distribución de los aportes entre distintos subsistemas de la seguridad social, incluyendo el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo, el régimen de asignaciones familiares y el INSSJP.
El decreto también aclara que eventuales incrementos salariales posteriores a la incorporación de trabajadores no modificarán los beneficios otorgados al empleador dentro del régimen.


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