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La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) contempla un régimen de exención destinado a ciertos contribuyentes cuyos rodados se encuentran radicados en la Ciudad de Buenos Aires.
PAÍS25/08/2025El pago de la patente constituye un tributo obligatorio para todos los propietarios de vehículos. Sin embargo, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) contempla un régimen de exención destinado a ciertos contribuyentes cuyos rodados se encuentran radicados en la Ciudad de Buenos Aires.
Quiénes pueden acceder a la exención del pago de patente
De acuerdo con lo informado por la AGIP, existen dos grupos que pueden quedar exceptuados del pago:
Exención para vehículos de personas con discapacidad
En este caso, el rodado debe estar afectado exclusivamente al uso del beneficiario. El beneficio alcanza únicamente a un vehículo por persona y se mantiene mientras no se transfiera la titularidad.
Si el automóvil estuviera registrado a nombre de un familiar o representante, la Ley Tarifaria 2025 establece que el valor del vehículo no podrá superar los $40.000.000.
Documentación necesaria:
Exención para autos con 25 años o más
La normativa vigente libera del pago de patente a los vehículos que cumplan un cuarto de siglo de antigüedad. Así, los rodados inscriptos hasta el año 2000 en la Ciudad de Buenos Aires quedan exceptuados del tributo.
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