Habilitaron la caza "deportiva" de zorros, guanacos y pumas en Santa Cruz

Está vigente desde el 1 de abril hasta el 31 de agosto. Podrán cazar zorros y pumas y hasta dos guanacos por día.

País 18/04/2024 19640 Noticias 19640 Noticias
Guanaco
Habilitaron la caza "deportiva" de zorros, guanacos y pumas en Santa Cruz

La máxima autoridad del Consejo Agrario de la provincia de Santa Cruz habilitó la caza "deportiva" de zorros, guanacos y pumas: en la misma dice que solo se permitirá matar un puma, un zorro colorado y uno por semana, por persona. En el caso de los guanacos, se podrán ejecutar dos animales por día, y mediante el uso de toda una gama de armas convencionales y no convencionales.

El pasado 27 de marzo, el presidente del Consejo Agrario de la provincia patagónica, Adrián Suárez, emitió una resolución que habilita “en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz, la temporada de Caza Deportiva 2024”.

En el período comprendido entre el 1 de abril al 31 de agosto de 2024, quienes tramiten su licencia podrán cazar especies permitidas, las cuales se enumeran.

Además de zorros y pumas, también animales exóticos

Hay animales de la fauna autóctona y otros exóticos. La resolución establece cantidad máximas de ejemplares permitidos por cazador:

Zorro Colorado; 1 (uno) por semana. Zorro Gris; 1 (uno) por semana. Puma; 1 (uno) por semana. Guanaco; 2 (dos) por día.

En el caso de Visón Americano, Liebre Europea, Conejo Europeo, Jabalí, no hay límites de caza, por tratarse de especie exóticas Invasoras

“Queda prohibida la caza, en todas sus modalidades, de todas las otras especies de la Fauna Silvestre que no están especificadas”, aclara la normativa.

Los requisitos obligatorios para la extensión y/o renovación de las Licencias de Caza Deportiva 2024 (validez anual):

Dos fotos tipo carné; fotocopia de DNI; comprobante de pago del arancel correspondiente; certificado de Reincidencia Nacional (antecedentes penales); fotocopia de la cédula de legítimo usuario y cédula/s de la/s armas, autorizadas; permiso del propietario del campo y/o apoderado; certificado por Juez de Paz, y formulario de declaración jurada de información personal.

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