
El Gobierno Provincial se mostró satisfecho por la reapertura de los pasos fronterizos con Chile
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El secretario de Malvinas, Antártida, Islas del Atlántico Sur y Asuntos Internacionales, Andrés Dachary, manifestó que “es una muy buena noticia, ya que estas comunicaciones efectuadas, tanto por Chile, como por nuestro país, vienen a normalizar el tránsito en los pasos fronterizos entre ambos países a partir del 1 de mayo, pues con mínimas restricciones estaríamos volviendo a un escenario de pre pandemia”.
Entre las medidas operativas a aplicar por Chile en el tránsito de personas que ingresen a su territorio, se destacan:
1. Declaración obligatoria de viajeros (solicitud COVID-19 y autoreporte).
2. Exigencia de vacunación al ingreso: Homologación voluntaria de vacuna para acceder a pase de movilidad (se requiere para hacer viajes interregionales en medios de transporte público e ingreso a lugares cerrados).
3. Eventualmente ser seleccionado aleatoriamente para una prueba de diagnóstico al ingreso (PCR o antígeno).
Mientras que, en lo referido al ingreso de personas a nuestro país, se menciona:
A. Las personas extranjeras no residentes deberán cumplimentar los siguientes requisitos sanitarios:
I. Completar la declaración jurada aprobada por la Disposición de la Dirección Nacional de Migraciones N° 3025/20, conforme la Resolución del Ministerio de Salud N° 1472/20, y sus complementarias, acerca de su estado de vacunación y ausencia de síntomas de COVID-19, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas previas al inicio del viaje.
II. Poseer un (1) seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.
B. Los argentinos residentes en la República Argentina deberán completar la declaración jurada aprobada por la Disposición de referencia.
C. En caso de detectarse o reportarse en el punto de entrada al país un caso positivo o sospechoso de COVID 19, se activará el Plan de Contingencia de ese Punto de Entrada, determinado por la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 04/13.
D. Recomiéndase a las personas que ingresen al territorio nacional que no se encuentren vacunadas o que tengan esquema de vacunación incompleto la realización de una prueba diagnóstica de COVID-19 dentro de las veinticuatro (24) horas posteriores a su entrada al país.
Finalmente, el Secretario Dachary destacó que “con las permanentes gestiones efectuadas por parte de los funcionarios de nuestra Cancillería ante las autoridades trasandinas, se ha logrado este acuerdo con el Gobierno de Chile, siendo una realidad la reapertura de los pasos fronterizos a partir del 1° de mayo, algo que agradecemos sobre manera, ya que, en tiempo de pandemia, era un tema con solución incierta en el tiempo”.


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