Punto por punto: El DNU que modifica la Ley de Vacunas

Establece el Fondo de Reparación COVID-19, cuida los activos soberanos y quita el término "negligencia". Llegarán vacunas de COVAX y donadas por Estados.

País 02/07/2021 19640 Noticias 19640 Noticias
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  • El presidente Alberto Fernández dio la instrucción de iniciar conversaciones y encontrar la forma de compatibilizar las necesidades de los laboratorios con los intereses que tiene que proteger el Estado nacional.
  • Esta compatibilización se logró tras un proceso arduo de los equipos técnicos y jurídicos luego de muchos meses de trabajo entre las partes.
  • El Gobierno publicará este sábado un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para modificar la Ley de Vacunas con el objetivo de que la Argentina pueda adquirir inmunizaciones pediátricas y pueda ampliar el espectro de vacunas disponibles para la población en general.
  • El DNU simplifica la negociación con todos los laboratorios y es el resultado de un proceso de conversaciones y negociaciones con aquellos que proveen las vacunas y habían manifestado la imposibilidad de contratar en el marco de la Ley de Vacunas dictada el año pasado (27.573).
  • El DNU establece modificaciones a la ley de 27.573 que regula la adquisición de vacunas contra el COVID-19.
  • Se crea un Fondo de Reparación COVID-19 para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que una persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.
  • El Fondo se crea para vacunas COVID y es un mecanismo que existe en muchos países del mundo y da tranquilidad a respecto de las contrataciones.
  • También se suprime la negligencia como supuesto de responsabilidad para quienes tienen a su cargo la investigación, el desarrollo, la producción o el suministro de vacunas, teniendo en cuenta que en los contratos a firmar se establecerá el modo en que el Estado recibe conforme o no las vacunas que se adquieren.
  • Además, respecto a la referencia a “maniobras fraudulentas, conductas maliciosas” en la ley se reemplaza por “conductas dolosas”, un concepto más claro y que es el que utiliza el Código Civil y Comercial.
  • En materia de inmunidad de los bienes del Estado se va a eximir de inmunidad a las regalías que percibe el Estado nacional y los bienes privados del Estado.
  • Todos los bienes soberanos establecidos en la Ley de Restauración de Sostenibilidad de la Deuda deben permanecer soberanos.
  • El Fondo de Reparación se armó porque si alguna persona sufre un daño y pide una reparación tiene que existir la tranquilidad de que ese fondo es el que lo cubre y si no, lo hará el Estado.
  • Con el objetivo de conseguir la mayor cantidad de vacunas lo antes posible, la nueva norma abre tres posibilidades para recibir dosis:
  • Los convenios con laboratorios.
  • El mecanismo COVAX.
  • Las oportunidades de donaciones de diferentes Estados, fundamentalmente de Estados Unidos.
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