ARCA: empleados deberán presentar declaración jurada aunque se hayan adherido al régimen especial
De acuerdo con el beneficio del régimen de pago anticipado establecido en el paquete fiscal, hasta el 2027 no se debería presentar documentación alguna.
Los empleados alcanzados por el Impuesto a las Ganancias tendrán que presentar este año la declaración jurada informativa de Bienes Personales aunque hayan adherido el año pasado al régimen de pago anticipado que los libera de esa obligación hasta el 2027
Se trata del Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) que formó parte del paquete fiscal del 2024. Los que entraron en ese esquema anticiparon impuesto por cinco períodos fiscales pagando una tasa de 0,45%.
El beneficio incluye que la persona tampoco tiene que presentar declaraciones juradas informativas durante el período de vigencia ni cualquier otra documentación. No obstante, la resolución general de ARCA que regula estas presentaciones parece haber olvidado ajustar ese requerimiento del paquete fiscal.
Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, advirtió: “El artículo 58 de esta ley es categórico: quienes optan por el REIBP quedan excluidos de toda obligación vinculada con el Impuesto sobre los Bienes Personales hasta el Período Fiscal 2027”.
El tributarista indicó que “la ley especifica que la exclusión alcanza no solo el pago del impuesto, sino también el cálculo de la base imponible, los anticipos, pagos a cuenta, la presentación de declaraciones juradas y de toda otra obligación relacionada con el Impuesto sobre los Bienes Personales”.
“Es decir, el espíritu y la letra de la norma son claros: el contribuyente que adhirió al REIBP queda completamente fuera del régimen de Bienes Personales durante los períodos fiscales contemplados”, señaló el profesional.
En ese sentido afirma que surge una contradicción. “La Resolución General 4003 sigue exigiendo la presentación de la Declaración Jurada informativa del Impuesto sobre los Bienes Personales a quienes superen cierto nivel de ingresos, sin prever excepción alguna para quienes están eximidos de hacerlo por haber adherido al REIBP”, explicó.
¿Cuáles empleados están alcanzados?
El contador agregó que “esta exigencia sería incompatible con lo establecido por la Ley 27.743” y reclamó que se modifique a la brevedad, dado que el plazo establecido este año para la presentación de la documentación es el 30 de junio.
Por otro lado, se señala que la Resolución General 4003 obliga a presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales para aquellos empleados que hayan obtenido $15.917.863,58 para el Período Fiscal 2023. “ARCA todavía no publicó un valor actualizado”, advirtió Domínguez.
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