País Por: 19640 Noticias05/01/2025

Ojo fiscal: a partir de qué monto los bancos y billeteras virtuales deben reportar a ARCA las operaciones de sus clientes

Las entidades financieras y las billeteras virtuales deberán reportar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ex AFIP), operaciones que superen nuevos montos mínimos, actualizados por la inflación

Desde enero de 2025, las reglas del juego para bancos y billeteras virtuales cambian. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales estas entidades deben reportar las operaciones de sus clientes. El ajuste, basado en la inflación semestral acumulada, forma parte del régimen de control tributario que busca garantizar la trazabilidad de los fondos y prevenir el lavado de dinero.

 

Las cifras revisadas establecen que las transacciones superiores a $600.000, ingresos o egresos mayores a $1.000.000, y saldos finales que superen los $2.000.000 serán notificadas a ARCA. Este mecanismo, aunque parece estar orientado a los contribuyentes, no implica cambios ni costos adicionales para ellos, sino que recae completamente en las entidades financieras y plataformas virtuales responsables de recopilar y entregar la información.

 

¿Qué significa para los consumidores?
 

Para los usuarios de servicios financieros, esta actualización no introduce nuevas obligaciones fiscales. Sin embargo, sí marca un umbral a partir del cual ARCA puede solicitar documentación que acredite el origen de los fondos involucrados en esas transacciones. Aunque las operaciones por debajo de estos montos no suelen generar alertas automáticas, esto no implica que estén exentas de justificación.

 

“Se trata de un sistema que privilegia la transparencia financiera y la fiscalización inteligente”, explican desde la agencia fiscal. El objetivo es garantizar que los movimientos sean legítimos y declarados, en línea con las normativas vigentes.

 

Operaciones sujetas a información a partir de enero de 2025
 

$600.000:

 

Consumos totales realizados con tarjetas de débito en el país.
Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
 

$1.000.000:

 

Acreditaciones bancarias totales registradas en un mes.
Depósitos a plazo fijo constituidos durante el mes.
Extracciones en efectivo (por ventanilla, cajeros automáticos o cualquier otro medio) tanto en el país como en el exterior.
Saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
 

$2.000.000:

Transferencias bancarias o virtuales realizadas exclusivamente desde billeteras virtuales que superen este monto.
 

¿Qué deben informar las entidades?
 

Las entidades alcanzadas por esta normativa están obligadas a detallar a ARCA la información relacionada con las operaciones que superen los montos establecidos. Esto incluye datos sobre consumos, movimientos de fondos, depósitos y saldos, tanto en el ámbito bancario tradicional como en el digital.

 

En el caso de las billeteras virtuales, las plataformas deben reportar no solo los ingresos y egresos, sino también transferencias que involucren montos significativos. Este punto es clave, dado el crecimiento exponencial de las operaciones realizadas a través de estas aplicaciones en los últimos años.

 

La Resolución General 5512/2024, que dio origen a la actualización que se conoció hoy, fue implementada como parte de una estrategia de modernización fiscal que ARCA viene desarrollando en los últimos años. El objetivo es garantizar una mayor trazabilidad de las operaciones financieras en un contexto de digitalización creciente y evitar posibles casos de evasión fiscal.

 

Cabe destacar que este tipo de controles ya existían, pero los montos a reportar se ajustan periódicamente en función de la inflación. Este mecanismo busca que los valores no pierdan relevancia real y continúen cumpliendo su propósito sin generar un exceso de carga administrativa para las entidades alcanzadas.

 

Si bien la medida no genera obligaciones nuevas para los usuarios finales, sí exige a las instituciones una mayor transparencia y sistematización en el registro de operaciones. El sector bancario y las fintech deberán asegurar que sus sistemas sean capaces de identificar y reportar con precisión las transacciones alcanzadas por el régimen.

 

En el contexto del auge de las billeteras virtuales y plataformas digitales, estas actualizaciones refuerzan la capacidad de control del fisco sobre el flujo de dinero en el ámbito digital, que muchas veces escapa a los canales tradicionales. En el último año, el volumen de transacciones digitales creció significativamente, favorecido por la adopción masiva de herramientas digitales y la aceleración de la transformación tecnológica en el sector financiero.

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