Impuesto a las Ganancias: los cambios comenzarán a regir en el sueldo de julio
Esta semana se publicará en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la nueva aplicación del tributo aprobada a finales de junio como parte del paquete fiscal que trató el Congreso. Cuál es el nuevo mínimo no imponible.
El Impuesto a las Ganancias quedará reglamentado esta semana con la restitución de la cuarta categoría aprobada a finales de junio como parte del paquete fiscal que trató el Congreso.
El presidente Javier Milei firmó el decreto correspondiente, que se publicará este lunes en el Boletín Oficial.
El impuesto comenzará a regir en julio y se verá reflejado en los sueldos que se percibirán durante los primeros días de agosto.
Con esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores, hasta ahora exentos, comenzarán a pagar el tributo en alícuotas de entre el 5 y el 35 por ciento.
Impuesto a las Ganancias: cuál es el nuevo mínimo no imponible
Luego de las largas negociaciones con la oposición, se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros, aproximadamente $1,5 millón netos; y $2,2 millones para personas con dos hijos, unos $1,95 netos.
Anteriormente el mínimo no imponible equivalía a 15 salarios mínimos ($234.315,12), lo que a partir de julio correspondería a $3,5 millones brutos.
Los nuevos valores a pagar arrancan en aproximadamente $3.000 mensuales hasta los $60.000 mensuales para los que hoy estaban exentos, y superaran los $100.000 mensuales quienes ganan más de $2.500.000 brutos.
Los pagos que reciban los trabajadores como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.
La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante 2024 y, luego, de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
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