PAÍS Por: 19640 Noticias20/10/2023

Rige la veda electoral 2023: qué no se puede hacer y hasta cuándo durará

La medida comenzó a regir a partir de las 8 de la mañana. Tiene como espíritu conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión.

Rige la veda electoral 2023: qué no se puede hacer y hasta cuándo durará

Este domingo 22 de octubre se llevarán a cabo las elecciones generales en Argentina. En esta jornada, los ciudadanos decidirán quién será el sucesor de Alberto Fernández en la Casa Rosada. Además de la elección presidencial, se votará al nuevo vicepresidente, la mitad de la Cámara de Diputados de la Nación, un tercio del Senado y se renovarán legisladores provinciales, intendentes y concejales municipales.

Tal como establece el Código Electoral Nacional, 40 horas antes de la votación comienza la veda electoral, una medida destinada a conceder un espacio de reflexión a los votantes en las horas previas a emitir su voto, luego de haber escuchado los proyectos que proponen los distintos dirigentes que buscan ser electos en diferentes cargos.

A pesar de que esta disposición se sustenta en la ley 19.945, que en su artículo 71 detalla las restricciones durante y hasta tres horas después de las elecciones, cada provincia también cuenta con su propia regulación local. No obstante, en su esencia, estas normativas no presentan diferencias sustanciales con respecto a lo establecido en el código nacional.

La veda electoral inicia a partir de las 8 horas de hoy y se extiende hasta 3 horas después de la finalización de las elecciones, el domingo 22 de octubre a las 21h.

¿Qué está prohibido durante la veda electoral?

Los actos públicos de campaña o cualquier otra actividad proselitista

Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.

Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino

Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado

Está prohibido vender bebidas alcohólicas durante la veda electoral

A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada

La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.

Asimismo, no se podrá instalarán mesas receptoras a menos de ochenta (80) metros de la sede en que se encuentre el domicilio de los Partidos Políticos reconocidos

También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos

Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

¿Desde cuándo no se puede vender alcohol?

Una de las restricciones establecidas en la ley 19.945 es el horario de venta de bebidas alcohólicas. De acuerdo con esta normativa, se prohíbe la venta de alcohol desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.

De esta manera, no se podrá vender más alcohol desde las 20 horas del sábado 21 de octubre hasta las 21 horas del domingo.

¿Hasta qué hora dura la veda electoral?

La veda termina a las 21 horas del domingo, para evitar cualquier tipo de incidentes con las personas que aún se encuentren en los centros de votación, incluso después de las 18, cuando se cierran las urnas.

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