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title: "El Gobierno apeló el fallo que anuló la convocatoria a la reforma constitucional"
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description: "El Gobierno de Tierra del Fuego apeló la sentencia que anuló el decreto de convocatoria a elecciones de convencionales constituyentes y pidió reactivar el proceso de reforma constitucional."
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date_published: "2026-06-08T09:06:00-03:00"
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tags:
  - "Cámara de Apelaciones"
  - "Gobierno de Tierra del Fuego"
author_name: "19640 Noticias"
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category_name: "JUDICIALES"
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category_description: "Noticias judiciales de Ushuaia, Río Grande y Tolhuin: causas, fallos, investigaciones, audiencias y los principales casos que marcan la agenda judicial fueguina."
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# El Gobierno apeló el fallo que anuló la convocatoria a la reforma constitucional

![Constitución provincial](/download/multimedia.normal.8b4bd05a0f0a802e.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

**Sostiene que la sentencia del [Juzgado Electoral Provincial](/contenido/98918/justicia-nulidad-decreto-0751-25-convencionales-constituyentes-tierra-del-fuego) contradice la legislación vigente, desconoce una decisión del Superior Tribunal de Justicia y genera incertidumbre sobre un proceso institucional ya en marcha.**

El **Gobierno de la provincia** presentó una contundente apelación contra la sentencia del **Juzgado Electoral Provincial** que anuló el **Decreto N° 751/26**, mediante el cual se había convocado a **elecciones de convencionales constituyentes** para el próximo **9 de agosto**.

Se considera que la decisión judicial no solo **carece de sustento jurídico suficiente**, sino que además provoca un **fuerte impacto institucional** al paralizar un **proceso democrático** destinado a que la ciudadanía decida sobre una **reforma de la Constitución fueguina**.

El eje del planteo apunta a un aspecto central: la jueza **Zanini** habría determinado la nulidad del decreto de convocatoria por la **queja presentada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación**, pese a que la **legislación nacional establece expresamente que ese recurso no detiene el curso del proceso**.

Según sostiene la apelación, el **Superior Tribunal de Justicia** ya había resuelto la cuestión de fondo al **validar la Ley Provincial Nº 1529**, levantar la **medida cautelar** que suspendía el proceso electoral y ordenar una nueva convocatoria. Además, el máximo tribunal provincial rechazó posteriormente el **Recurso Extraordinario Federal**, adquiriendo firmeza a la que alude el fallo en la instancia jurisdiccional local.

Asimismo, recuerda que al momento de dictarse el **Decreto Nº 751/26** no existía **ninguna medida cautelar vigente, suspensión judicial ni resolución de la Corte Suprema** que impidiera avanzar con la convocatoria electoral.

Uno de los argumentos más fuertes del recurso apunta a la defensa de la **autoridad institucional del Superior Tribunal de Justicia**. Se entiende que el fallo electoral termina revisando e interpretando una sentencia ya dictada por el máximo órgano judicial fueguino, alterando los efectos de una decisión que debía ser cumplida por los órganos del Estado; a **30 días de haberse notificado el decreto** y con las acciones posteriores de los diversos poderes del orden institucional de la provincia.

En ese sentido, el escrito recuerda que la **legislación provincial establece que los pronunciamientos del Superior Tribunal constituyen jurisprudencia obligatoria para todos los jueces y tribunales de la provincia**.

Desde la mirada oficial, permitir que una resolución de una instancia inferior deje sin efecto práctico una decisión del máximo tribunal provincial supone una **alteración del orden institucional** y del **sistema de jerarquías previsto por la Constitución**.

La apelación también advierte sobre las consecuencias que la sentencia genera sobre el **proceso democrático**. La nulidad declarada impacta sobre un **proceso electoral ya iniciado** y abre un escenario de **incertidumbre** respecto de una instancia clave para el futuro institucional de **Tierra del Fuego**.

El Gobierno sostiene que aceptar que una simple presentación ante la **Corte Suprema** pueda paralizar automáticamente **decisiones judiciales provinciales firmes**, pondría en riesgo la **estabilidad de cualquier proceso institucional**, afectando principios básicos como la **previsibilidad** y la **seguridad jurídica**.

Por esa razón, solicitó que la **Cámara** intervenga con carácter urgente y revierta el fallo, permitiendo la continuidad del **proceso electoral convocado para elegir a los convencionales constituyentes**.

Se argumenta que en la controversia se encuentran comprometidos **principios fundamentales** como la **autonomía provincial**, la **división de poderes**, el **sistema federal de gobierno**, los **derechos políticos de los ciudadanos** y el **normal funcionamiento de las instituciones republicanas**.

Para el **Ejecutivo fueguino**, la discusión excede la validez de un decreto y se proyecta sobre la **capacidad de las instituciones provinciales para desarrollar con normalidad un proceso electoral respaldado por una ley vigente y por una sentencia del Superior Tribunal de Justicia**.

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