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title: "El Gobierno reglamentó la acuicultura y ratificó la prohibición del salmón en el Canal Beagle"
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description: "Tierra del Fuego reglamentó la ley de acuicultura mediante el Decreto 587/26 y ratificó la prohibición del cultivo de salmones en el Canal Beagle, con foco en la sostenibilidad."
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date_published: "2026-04-21T06:47:00-03:00"
date_modified: "2026-04-21T08:51:36-03:00"
tags:
  - "Decreto"
  - "Gobierno de Tierra del Fuego"
  - "Salmonicultura"
author_name: "19640 Noticias"
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category_description: "Noticias de Tierra del Fuego: actualidad, política, cultura, deportes y sociedad. Cobertura completa desde el fin del mundo con información confiable."
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# El Gobierno reglamentó la acuicultura y ratificó la prohibición del salmón en el Canal Beagle

![Salmonera](/download/multimedia.normal.9069ce34395ea2e5.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El Gobierno de Tierra del Fuego oficializó la reglamentación de la **Ley Provincial N° 1601** mediante el **Decreto 587/26**, estableciendo un marco integral para el desarrollo de la actividad [acuícola](/contenido/96999/plan-estrategico-desarrollo-acuicola-primer-lugar-mapa-productivo-global). La normativa reafirma la **prohibición del cultivo de salmones en el Canal Beagle** y define criterios ambientales, técnicos y productivos para el sector.

El decreto, firmado por el Poder Ejecutivo provincial, fija las bases para el desarrollo de la acuicultura bajo un enfoque de **“sostenibilidad” y control estatal**, incorporando herramientas de evaluación ambiental y ordenamiento territorial.

Uno de los puntos centrales es la **ratificación de la prohibición absoluta del cultivo, engorde o reproducción de especies salmonídeas en el Canal Beagle**, sin excepciones por escala o tecnología. La medida consolida el posicionamiento ambiental de la provincia frente a una actividad que ha generado debate en los últimos años.

No obstante, la normativa **habilita otras producciones hidrobiológicas**, como **algas, moluscos y crustáceos**, siempre que cumplan con evaluaciones previas de impacto y compatibilidad ambiental.

En ese sentido, se implementa la **Evaluación Ambiental Estratégica (EAE)** como requisito obligatorio para cualquier proyecto acuícola. Este instrumento permitirá analizar de manera integral los **impactos ambientales, sociales y productivos**, además de definir **zonas aptas** y criterios de desarrollo.

El esquema productivo contempla **tres escalas diferenciadas**:

- **Promocional**: hasta 100 toneladas por ciclo.
- **Preintegración**: hasta 300 toneladas.
- **Comercial**: sin límite superior, pero con mayores exigencias.

Todos los emprendimientos deberán presentar un **Plan de Manejo Ambiental**, mientras que los proyectos de mayor envergadura estarán sujetos a **estudios de impacto ambiental más rigurosos**.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Producción y Ambiente, a través de la Secretaría de Pesca y Acuicultura, encargada de la **evaluación, autorización, control y sanción** de las actividades. Además, se prevé la articulación con otros organismos técnicos para fortalecer el monitoreo.

Otro eje relevante es la creación del **Centro de Desarrollo Pesquero y Acuícola**, orientado a la **investigación, innovación y transferencia tecnológica**, junto con la asignación de recursos para infraestructura, capacitación y fortalecimiento productivo.

Finalmente, el decreto establece un **régimen de fiscalización permanente**, con evaluaciones periódicas, revisiones anuales y sanciones ante incumplimientos, consolidando un sistema que busca equilibrar **desarrollo productivo y protección ambiental**.

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