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  - "ARCA"
  - "Impuesto a la Ganancia"
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# Ganancias: ARCA publicó las nuevas escalas y deducciones para asalariados, y puede haber devoluciones

![ARCA](/download/multimedia.normal.88ebb8c4d4d814d9.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó las nuevas escalas y deducciones del impuesto a las Ganancias que se aplicarán a los trabajadores en relación de dependencia durante el primer semestre de 2026. Con esta actualización, los empleadores ya pueden recalcular las retenciones correspondientes a los sueldos de enero.

El nuevo piso salarial para pagar el impuesto arranca $ 2.490.038 mensuales netos, en el caso de un empleado soltero sin hijos. Y una persona casada con dos hijos, comienza a tributar desde $ 3.302.179 de ingresos netos mensuales. Si se trata de un casado sin hijos tributa desde $ 2.894.000.

Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, la aplicación de las nuevas tablas es retroactiva al 1° de enero. Esto implica que, si las empresas ya liquidaron salarios utilizando las escalas vigentes en 2025, deberán realizar un recálculo en el próximo pago y devolver a los empleados los montos retenidos en exceso.

### Impuesto a las ganancias

En ganancia neta imponible acumulada.

Tabla con 5 columnas y 9 filas. Ordenado de forma ascendente   Desde ($) Hasta ($) Pagarán ($) Más % Sobre el excedente de ($)     0 2.000.030 0 5 0   2.000.030 4.000.060 100.002 9 2.000.030   4.000.060 6.000.090 280.004 12 4.000.060   6.000.090 9.000.135 520.008 15 6.000.090   9.000.135 18.000.271 970.015 19 9.000.135   18.000.271 27.000.406 2.680.040 23 18.000.271   27.000.406 40.500.609 4.750.071 27 27.000.406   40.500.609 60.750.914 8.395.126 31 40.500.609   60.750.914 En adelante 14.672.721 35 60.750.914

No obstante, el especialista advirtió que muchas compañías demoran la actualización de sus sistemas de liquidación de haberes, por lo que es posible que en algunos casos las correcciones se reflejen recién en el siguiente cobro. En esos casos, el ajuste suele hacerse mediante una devolución directa del impuesto a las Ganancias en el recibo de sueldo, en beneficio del trabajador.

Las escalas del impuesto a las Ganancias y las deducciones personales se actualizan de manera semestral según la inflación. Como la variación acumulada entre julio y diciembre de 2025 fue del 14,29%, ese mismo porcentaje se aplica a todos los parámetros vigentes para el período enero-junio de 2026.

De este modo, la ganancia no imponible para el primer semestre del año se eleva a $ 5.151.802,50, monto que regirá hasta diciembre de 2026. En cuanto a las deducciones por cargas de familia, el tope para el cónyuge asciende a $ 4.851.964,66, mientras que la deducción por hijo alcanza los $ 2.446.863,48. La deducción especial, en tanto, se fija en $ 18.031.308,76.

Artículo 30. Aaplicables a las remuneraciones percibidas en el período enero a junio de 2026.

Tabla con 2 columnas y 9 filas. Ordenado de forma ascendente   CONCEPTO DEDUCIBLE A DICIEMBRE 2026 IMPORTE DE LA DEDUCCIÓN A DICIEMBRE 2026 $     Ganancias no imponibles [Artículo 30, inciso a)]: 5.151.803   Cargas de familia [Artículo 30, inciso b)] 0   1. Cónyuge 4.851.965   2. Hijo 2.446.863   2.1 Hijo incapacitado para el trabajo 4.893.727   Deducción Especial - Artículo 30, inciso c – Apartado 1 18.031.309   Deducción Especial - Artículo 30, inciso c) – Apartado 1 nuevos profesionales/emprendedores 20.607.210   Deducción Especial - Artículo 30, inciso c - Apartado 2 24.728.652   Deducción Especial Doceava parte del total de deducciones de la suma de los incisos a- b- y c apartado 2 Según las deducciones computables del contribuyente

El sitio especializado Blog del Contador recordó además que también se actualizó la escala anual del impuesto correspondiente al primer semestre de 2026. El primer tramo, de hasta $ 2.000.030,09 de ganancia neta imponible acumulada, tributa una alícuota del 5%. A partir de allí, las tasas avanzan de manera progresiva al 9%, 12%, 15%, 19%, 23%, 27% y 31%, hasta llegar a la alícuota máxima del 35% para ganancias superiores a $60.750.913,96, con un impuesto fijo acumulado previo de $14.672.720,74.

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