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description: "Es importante conocer los detalles para asistir a los comicios este fin de semana y emitir el voto sin problemas."
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  - "Elecciones 2025"
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# Elecciones 2025: estos son los documentos válidos para votar el domingo

![Padrón- DNI](/download/multimedia.normal.99397c70d0ebbc19.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

Este domingo 26 de octubre se realizarán las elecciones nacionales 2025 para renovar parte de la Cámara de Diputados y la de Senadores. Más de 36 millones de argentinos están habilitados para votar.

En ese sentido, es importante conocer los detalles para asistir a los comicios y poder emitir el sufragio sin problemas. Los documentos son, en este caso, un punto central. Con cuáles se puede asistir.

**Elecciones 2025: los documentos válidos para votar este domingo**

Para poder emitir el voto en estos comicios es necesario presentarse a los centros de votación con la documentación física. La Cámara Nacional Electoral establece una serie de documentos válidos para votar, estos son:

[https://www.cronista.com/economia-politica/elecciones-2025-quienes-son-los-candidatos-en-la-provincia-de-buenos-aires/](https://www.cronista.com/economia-politica/elecciones-2025-quienes-son-los-candidatos-en-la-provincia-de-buenos-aires/)

- Libreta cívica (LC)
- Libreta de enrolamiento (LE)
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- DNI tarjeta

Los ciudadanos deben acudir con el documento que figura en el padrón electoral o una versión posterior emitida oficialmente. Es decir, en caso de poseer un ejemplar actualizado respecto al registrado también será considerado válido al momento de sufragar.

**¿Se puede votar con DNI digital?**

Cabe destacar que el DNI digital (como de la app Mi Argentina), la constancia de DNI en trámite o la denuncia por pérdida del documento no son válidos para votar. Tampoco se aceptan capturas de pantalla, copias digitales en el celular o fotocopias.

Las autoridades de mesa tienen la responsabilidad de verificar la correspondencia del documento con los datos del padrón como el estado físico del mismo.

Un documento deteriorado, ilegible o alterado podría generar inconvenientes al momento de votar o impedir que el ciudadano finalmente emita su voto.

**¿A qué hora empieza la veda y qué no se puede hacer?**

Como en cada jornada electoral, los votantes deberán respetar la veda establecida por el Código Electoral Nacional.

Se trata de una serie de restricciones que rigen durante el proceso electoral y que los ciudadanos no pueden infringir. Este lapso de prohibiciones comienza 48 horas antes de la votación y finaliza tres horas después del cierre de las urnas.

La veda electoral para esta ocasión comenzará el viernes 24 de octubre a las 8.00 de la mañana y se extenderá hasta tres horas después de la finalización de los comicios, que cierran a las 18.

**Durante ese tiempo, estarán prohibidas las siguientes actividades:**

- Reuniones de electores o depósito de armas en un radio de 80 metros alrededor de las mesas de votación.
- Espectáculos públicos al aire libre o en espacios cerrados, así como cualquier reunión no vinculada al acto electoral.
- Publicación o difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre los resultados.
- Entrega de boletas dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
- Venta de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes de la elección y hasta tres horas después de su cierre.

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