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title: "Fin del pago de patente: qué vehículos ya no deberán abonar el impuesto"
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date_published: "2025-08-25T17:26:00-03:00"
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  - "Patentes"
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# Fin del pago de patente: qué vehículos ya no deberán abonar el impuesto

![Patente argentina](/download/multimedia.normal.906892f7c8e43f8d.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

El pago de la patente constituye un tributo obligatorio para todos los propietarios de vehículos. Sin embargo, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) contempla un régimen de exención destinado a ciertos contribuyentes cuyos rodados se encuentran radicados en la Ciudad de Buenos Aires.

***Quiénes pueden acceder a la exención del pago de patente***  
De acuerdo con lo informado por la AGIP, existen dos grupos que pueden quedar exceptuados del pago:

- Personas con discapacidad que utilicen un vehículo para su traslado.
- Automóviles con 25 o más años de antigüedad, es decir, inscriptos hasta el año 2000 inclusive.

***Exención para vehículos de personas con discapacidad***  
En este caso, el rodado debe estar afectado exclusivamente al uso del beneficiario. El beneficio alcanza únicamente a un vehículo por persona y se mantiene mientras no se transfiera la titularidad.

Si el automóvil estuviera registrado a nombre de un familiar o representante, la Ley Tarifaria 2025 establece que el valor del vehículo no podrá superar los $40.000.000.  
Documentación necesaria:

- Título de Propiedad del Automotor a nombre del beneficiario o de familiares directos.
- Certificado de Discapacidad (CUD o emitido por hospital de CABA).
- DNI del titular y del beneficiario, en caso de corresponder.
- Formulario “Solicitud de Exención para Personas con Discapacidad - Patentes”, acompañado de toda la documentación digitalizada.

***Exención para autos con 25 años o más***  
La normativa vigente libera del pago de patente a los vehículos que cumplan un cuarto de siglo de antigüedad. Así, los rodados inscriptos hasta el año 2000 en la Ciudad de Buenos Aires quedan exceptuados del tributo.

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