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title: "Condenan a un hombre a 4 años y 7 meses de prisión varios hechos delictivos"
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description: "El hombre estaba acusado de haber agredido a una mujer a la que frecuentaba, y provocar daños en el celular de la víctima. En virtud de que ya tenía 2 condenas en suspenso por robo, el juez Correccional decidió unificar la pena en 4 años y 7 meses de prisión efectiva."
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# Condenan a un hombre a 4 años y 7 meses de prisión varios hechos delictivos

![Tribunales Río Grande (3)](/download/multimedia.normal.b141d1d75f63a0c2.54726962756e616c65732052c3ad6f204772616e6465202833295f6e6f726d616c2e77656270.webp)

*Tribunales de Río Grande*

El juez del Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, Dr. Pedro Fernández, condenó mediante el instituto de Omisión de Debate, a un hombre a cumplir la pena de 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, por hallarlo responsable del delito de lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género en concurso real con daños.

Estaba acusado de haber agredido a una mujer a la que frecuentaba, y provocar daños en el celular de la víctima.

El suceso ocurrió en febrero de este año, cuando el hombre, en estado de ebriedad agredió a la mujer en la vía pública y luego lo hizo en el interior de un domicilio particular. Los hechos fueron advertidos por una vecina, quien dio aviso a las autoridades policiales.

En virtud de que ya tenía 2 condenas en suspenso por robo, el juez Correccional decidió unificar la pena en 4 años y 7 meses de prisión efectiva.

El Ministerio Público Fiscal fue representado por el Dr. Ariel Pinno, mientras que la defensa del acusado la llevó a cabo el Defensor Oficial del DJN, Dr. Eduardo Tepedino.

La Omisión de Debate tiene como objeto dinamizar los tiempos en la resolución de las causas y resulta viable cuando el Fiscal estima que no corresponde una pena superior a 3 años. Ello implica el dictado de una sentencia con las pruebas incorporadas al expediente, sin realización de un juicio oral y público. No obstante, para su implementación es necesaria la aceptación de las partes.

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